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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fiscalizacion-superior/92
Ley
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Artículo
92

Artículo 92 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que revisa una auditoría debe ser alguien con mucha experiencia en el tema. Su chamba es revisar el trabajo de los auditores, asegurarse de que esté bien hecho y explicar los resultados con pruebas claras. Todo lo que haga para supervisar tiene que dejarlo por escrito en los papeles de trabajo de la auditoría, como evidencia de que sí checó todo.

Texto oficial

Artículo 92.- La supervisión de la auditoría estará a cargo de un profesional experimentado, quien deberá informar y sustentar con elementos suficientes el resultado de su labor, dejando evidencia objetiva de la supervisión en los papeles de trabajo de la auditoría ejecutada.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.