- Ley
- Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
- Artículo
- 92
Artículo 92 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que revisa una auditoría debe ser alguien con mucha experiencia en el tema. Su chamba es revisar el trabajo de los auditores, asegurarse de que esté bien hecho y explicar los resultados con pruebas claras. Todo lo que haga para supervisar tiene que dejarlo por escrito en los papeles de trabajo de la auditoría, como evidencia de que sí checó todo.
Texto oficial
Artículo 92.- La supervisión de la auditoría estará a cargo de un profesional experimentado, quien deberá informar y sustentar con elementos suficientes el resultado de su labor, dejando evidencia objetiva de la supervisión en los papeles de trabajo de la auditoría ejecutada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.