- Ley
- Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
- Artículo
- 98
Artículo 98 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el auditor termina su trabajo, tiene que hacer un reporte por escrito donde explique, de manera clara y sin favoritismos, todo lo que encontró. Ahí debe decir qué hizo, con qué problemas se topó, qué descubrió, a qué conclusiones llegó y qué recomienda. Todo lo que ponga debe ser fácil de entender, sin rodeos ni cosas confusas, y solo puede incluir información que tenga pruebas que la respalden. Además, el reporte solo puede basarse en las pruebas que juntó, siguiendo las reglas de la ley y lo que diga la Auditoría Superior. Antes de entregar el reporte final, tiene que mostrárselo al jefe o representante de la persona o empresa que fue auditada, y también a los encargados de las áreas que revisó, para que puedan checarlo y dar su punto de vista.
Texto oficial
Artículo 98.- Al concluir los trabajos, el auditor emitirá por escrito de manera independiente, objetiva e imparcial el informe individual conforme a normas que prevé el presente ordenamiento, precisando los trabajos realizados, obstáculos e impedimentos, hallazgos, conclusiones y recomendaciones a que llegó en razón a los objetivos propuestos; su contenido deberá ser de fácil comprensión y carecer de vaguedades o ambigüedades e incluirá solamente información debidamente documentada; atendiendo al tipo de auditoría, se deberán incluir las referencias técnicas a la naturaleza, objetivos y alcance específico de la fiscalización. El informe deberá basarse exclusivamente en pruebas obtenidas y unificadas de acuerdo con las disposiciones de la presente ley y normatividad que emita la Auditoría Superior. De manera previa a la presentación final del informe de auditoría, deberá ser confrontado con el titular o representante del sujeto fiscalizado y los responsables de las áreas auditadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.