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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fomento-cine-mexicano/16
Ley
Ley de Fomento al Cine Mexicano de la Ciudad de México
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley de Fomento al Cine Mexicano de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México va a ponerse de acuerdo con los cineastas, grupos culturales y centros de arte para contarles a todos qué se está haciendo para apoyar el cine mexicano en la ciudad. La idea es que la información llegue bien a todas las personas y organizaciones interesadas, y que todos puedan estar conectados y participar.

Texto oficial

Artículo 16.- El Gobierno de la Ciudad de México establecerá con los creadores, asociaciones e instituciones culturales de la Ciudad de México, estrategias de información y difusión de las actividades del programa de fomento, promoción y desarrollo del cine mexicano en la Ciudad de México, con el fin de establecer canales de comunicación y vinculación con individuos e instituciones.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento al Cine Mexicano de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.