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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fomento-cultural/21
Ley
Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México
Artículo
21

Artículo 21 de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Fomento y Desarrollo Cultural de la Ciudad de México es un grupo donde trabajan juntos los encargados de la cultura y la gente común. Su chiste es que sirve para discutir ideas y dar consejos a las autoridades, pero no para tomar decisiones finales. Así que si tienes una propuesta cultural, este consejo puede escucharte y recomendarla, aunque no tiene poder para aprobarla por sí mismo.

Texto oficial

Artículo 21. El Consejo de Fomento y Desarrollo Cultural de la Ciudad de México es un espacio de vinculación entre las autoridades culturales y la sociedad en general, con funciones deliberativas y de asesoría.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.