Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es obligatoria para todos y busca beneficiar a la sociedad en general, no solo a un grupo. Su meta es proteger y promover las diferentes formas de expresión cultural que existen en la Ciudad de México, como la música, la danza, el teatro o las artesanías. También se encarga de apoyar su desarrollo y crecimiento para que no se pierdan. En pocas palabras, es una regla creada para cuidar y darle valor a la riqueza cultural de la ciudad.
- Art. 2La diversidad cultural de la Ciudad de México es un tesoro que le pertenece a toda la sociedad. Cuidarla, darla a conocer, protegerla y disfrutarla no es solo tarea del gobierno, sino también de escuelas, empresas, asociaciones y de todas las personas que viven o visitan la capital. En pocas palabras, todos somos responsables de mantener vivas las distintas culturas, costumbres y tradiciones que existen en la ciudad, siguiendo lo que marca esta ley y otras reglas relacionadas.
- Art. 3Este artículo dice que, para aplicar la ley, se deben tomar en cuenta una serie de principios importantes, como que todos podamos acceder a los servicios sin problemas (accesibilidad universal), que se promueva la paz y la igualdad entre hombres y mujeres (perspectiva de género) o que siempre se procure lo mejor para los niños, niñas y adolescentes (interés superior de la niñez). También se menciona la inclusión, que nadie sea discriminado, y que se rinda cuentas de manera transparente. Los principios que están tachados como "se deroga" ya no se usan o fueron eliminados de la lista. En pocas palabras, es una guía de valores que se deben seguir para aplicar esta ley de manera justa para todos.
- Art. 4El artículo 4 solo define una lista de palabras importantes para entender esa ley. Por ejemplo, "Alcaldía" es el gobierno de cada zona de la Ciudad de México. "Actividades culturales" son cosas como conciertos o danzas que transmiten cultura, sin importar si cuestan dinero o no. "Grupos de atención prioritaria" son personas que sufren más discriminación, como mujeres, niños, personas con discapacidad o de la comunidad LGBTTTIQ. También define "espacio público" como lugares que son de todos, como parques o calles, y "cultura" como las distintas formas en que la gente expresa sus tradiciones y creatividad.
- Art. 5Este artículo dice que las autoridades de cultura de la Ciudad tienen varias obligaciones. Deben crear políticas culturales tomando en cuenta a los artistas, promotores y al público, y diseñar programas para que todos puedan ejercer sus derechos culturales. También tienen que apoyar la investigación, la capacitación y la difusión de la cultura, cuidar la diversidad de expresiones culturales y proteger el patrimonio. Además, deben crear y mantener espacios como museos, bibliotecas y centros culturales, y ofrecer becas, estímulos y capacitación a artistas y gestores, siempre promoviendo la igualdad de género y sin discriminación.
- Art. 6El Artículo 6 dice que el Sistema de Fomento y Desarrollo Cultural es como un gran equipo de trabajo que organiza el Gobierno de la Ciudad junto con grupos sociales y empresas privadas. Su objetivo es juntar todos los esfuerzos para impulsar la cultura en la ciudad. Imagina que es una forma de colaborar para que haya más actividades culturales, como conciertos, exposiciones o talleres, y que todas las personas puedan disfrutarlas. En pocas palabras, es la manera en que el gobierno y la sociedad se ponen de acuerdo para apoyar la cultura.
- Art. 7El artículo 7 dice que el sistema de cultura de la ciudad está formado por estos grupos: un Consejo especial, las personas que encabezan las Alcaldías (como los alcaldes), representantes de comisiones y consejos relacionados con la cultura, los encargados de los fideicomisos (fondos de dinero para proyectos culturales), representantes de asociaciones civiles y grupos independientes que promueven la cultura, y también personas invitadas de escuelas y universidades públicas o privadas que trabajen en el fomento de la cultura. En pocas palabras, junta a autoridades, organizaciones y escuelas para coordinar el desarrollo cultural de la ciudad.
- Art. 8El Sistema es un grupo de personas que da consejos para decidir cómo manejar la cultura en la Ciudad, siempre siguiendo las leyes actuales. Su trabajo es opinar y orientar, pero no toma las decisiones finales. Esto sirve para que la política cultural se haga de manera ordenada y legal.
- Art. 9El gobierno de la Ciudad, por medio de su Secretaría de Cultura, se encargará de varias cosas para que todas las personas puedan disfrutar la cultura. Primero, buscará que haya actividades culturales en todas las zonas, no solo en las más céntricas, para que nadie se quede sin acceso. También cuidará que se cumplan las leyes que protegen el patrimonio, como los monumentos, la naturaleza y las tradiciones locales. Además, organizará eventos culturales con otros países y ciudades, y pondrá atención especial en las colonias o barrios que no tienen centros culturales, cines o teatros. Por último, creará sistemas de información fáciles de consultar para que tú puedas saber qué se está haciendo en materia de cultura y hasta opinar sobre las decisiones del gobierno.
- Art. 10La Secretaría va a buscar hacer acuerdos o contratos con otras dependencias del Gobierno Federal para trabajar juntos en lo que se necesite. Estos acuerdos definirán cómo se van a coordinar el Gobierno de la Ciudad de México y esas oficinas federales. Todo se hará siguiendo las reglas que ya existen para eso. En pocas palabras, es para que diferentes áreas del gobierno puedan colaborar de manera ordenada.
- Art. 11La Secretaría tiene la obligación de pedir ayuda a las dependencias del Gobierno Federal para que los programas culturales lleguen a todos. Estos programas incluyen hacer, promover, repartir y disfrutar actividades culturales. El beneficio es tanto para quienes viven en la Ciudad como para quienes la visitan. En pocas palabras, el gobierno local debe coordinarse con el federal para que haya más cultura para todos.
- Art. 12La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de cultura) se encargará de confirmar, renovar o crear los acuerdos legales necesarios con los gobiernos de los estados y municipios. Esto lo hará siguiendo las leyes que ya existen sobre el tema. El objetivo es ponerse de acuerdo para hacer acciones concretas que ayuden a que la gente conozca y valore la cultura mexicana.
- Art. 13La Secretaría (la oficina que maneja estos asuntos) necesita que la Jefa o Jefe de Gobierno le dé permiso primero para poder firmar acuerdos con organizaciones internacionales o con otras ciudades y regiones del mundo. Esos acuerdos pueden ser convenios, bases de colaboración u otros documentos legales que sean necesarios. Todo esto se hace para trabajar juntos en temas de cultura que ayuden al desarrollo sostenible (es decir, que cuiden el medio ambiente y mejoren la calidad de vida a largo plazo). En pocas palabras, no pueden hacer tratos por su cuenta; necesitan el visto bueno del gobierno de la Ciudad de México.
- Art. 14La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del tema) se va a encargar de organizar pláticas, mesas de debate, planes y acciones. Esto lo hará junto con grupos del gobierno y empresas, tanto de México como de otros países. La idea es encontrar formas nuevas y distintas de impulsar la cultura en la Ciudad, siempre buscando que haya igualdad entre hombres y mujeres y que nadie sea discriminado.
- Art. 15Este artículo dice quiénes son los responsables de que se cumpla la ley. Las autoridades que tienen que hacer que funcione son: el Jefe de Gobierno, la Secretaría de Cultura, la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, y las Alcaldías. Cada una de estas instituciones debe velar por que las reglas de la ley se apliquen correctamente en la ciudad.
- Art. 16El artículo 16 dice lo que debe hacer la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México (el o la jefa de Gobierno). Primero, debe incluir en su plan de gobierno acciones para cuidar, investigar y promover las diferentes culturas y expresiones artísticas. También tiene que aprobar y publicar un plan especial para el desarrollo cultural de la ciudad. Además, debe destinar por lo menos el 2% del presupuesto anual de la ciudad al área de cultura, hacer acuerdos con el gobierno federal y otros estados para apoyar la cultura, y firmar contratos con personas o empresas para lo mismo. Por último, puede emitir las reglas necesarias para que los programas culturales funcionen bien entre todas las dependencias del gobierno.
- Art. 17La Secretaría de Cultura de la Ciudad es la encargada de hacer que las actividades culturales funcionen bien, como organizar festivales, apoyar a artistas y cuidar los libros y documentos históricos. También debe coordinar sus planes con otras leyes de la ciudad y con las alcaldías para que todo esté en orden. Su trabajo incluye dar becas a creadores, promover la lectura, y ayudar a construir espacios como bibliotecas o centros culturales. Además, tiene que buscar recursos económicos del gobierno federal y de otros lados para que estos proyectos se puedan realizar. En pocas palabras, su función es asegurarse de que la cultura crezca y esté al alcance de todos.
- Art. 18La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación tiene que encargarse de varias cosas: apoyar y coordinar las bibliotecas públicas para que funcionen bien, y también promover el uso de bibliotecas digitales, todo esto para conectar el sistema educativo de la ciudad con la innovación, la investigación científica y tecnológica. También debe difundir la ciencia y la tecnología locales, trabajando con otras oficinas del gobierno y grupos relacionados. Además, tiene que actualizar los museos de ciencias, crear programas que mezclen arte, ciencia y humanidades, y cuidar colecciones históricas y científicas. Otra de sus tareas es fomentar el intercambio de ideas internacionales sobre el derecho de todos a disfrutar de la ciencia como un derecho cultural, y desarrollar contenidos educativos y programas de ciencia y tecnología para personas que no están en la escuela formal. Finalmente, la Secretaría también debe hacer todo lo demás que le pidan esta Ley u otras leyes aplicables.
- Art. 19La Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios (la dependencia que atiende a comunidades indígenas y originarias) va a trabajar junto con la Secretaría de Cultura para hacer y llevar a cabo programas de desarrollo y promoción cultural para estas comunidades. Todo esto se hará siguiendo lo que dice la Ley de Derechos de los Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México. En palabras simples, la ley obliga a que ambas secretarías se pongan de acuerdo para apoyar la cultura de estos grupos.
- Art. 20Este artículo dice que las Alcaldías de la Ciudad de México tienen que hacer varias cosas para promover la cultura en su zona. Tienen que planear cómo apoyar las distintas expresiones culturales (como fiestas, tradiciones y la cultura sonidera) y hacer acuerdos con el gobierno y con particulares para coordinar eventos. También deben crear y mantener espacios como bibliotecas, museos y teatros, y dar premios o descuentos (como medio boleto o entrada gratis un día a la semana) para que más gente disfrute del arte. Además, al inicio de cada administración, deben formar un consejo con la comunidad cultural para tomar decisiones juntos.
- Art. 21El Consejo de Fomento y Desarrollo Cultural de la Ciudad de México es un grupo donde trabajan juntos los encargados de la cultura y la gente común. Su chiste es que sirve para discutir ideas y dar consejos a las autoridades, pero no para tomar decisiones finales. Así que si tienes una propuesta cultural, este consejo puede escucharte y recomendarla, aunque no tiene poder para aprobarla por sí mismo.
- Art. 22El Consejo (un grupo de personas encargado de tomar decisiones sobre cultura) tiene varias tareas importantes. Por ejemplo, puede aprobar sus propias reglas de funcionamiento y dar sugerencias sobre las políticas culturales del gobierno de la Ciudad. También puede recomendar cómo mejorar los programas culturales y proponer formas para que la ciudadanía participe más en la vida cultural. Además, puede opinar sobre cómo apoyar el intercambio libre de ideas y expresiones culturales en toda la Ciudad. Con ayuda de la Comisión de la Memoria Histórica y las Alcaldías, debe crear y actualizar un listado de actividades culturales (como la cultura sonidera). También puede proponer ideas para fomentar valores y promover la paz, y hacer cualquier otra cosa que su Presidencia considere necesaria para cumplir su objetivo.
- Art. 23El artículo 23 explica quiénes forman parte de un Consejo, que es como un grupo de personas que toman decisiones importantes. Está compuesto por los jefes de varias dependencias del gobierno, como las secretarías de Cultura (quien preside, o sea, dirige el grupo), Educación, Mujeres, Medio Ambiente, y muchas otras. También incluye a 12 personas de la comunidad artística y cultural, que son elegidas por la Secretaría de Cultura a través de una convocatoria pública, y duran en el cargo mientras dure el gobierno en turno. Además, pueden invitar a otras personas expertas, de otros niveles de gobierno o de organizaciones, para que participen y den su opinión en las reuniones. El cargo de todos los miembros del Consejo es honorífico, lo que significa que no reciben dinero por participar.
- Art. 24Cada institución que forma parte del Consejo debe nombrar a dos representantes: uno principal (el propietario) y otro que lo reemplace cuando falte (el suplente). El representante principal debe ser quien esté a cargo de esa institución, como su director o presidente. Además, hay que procurar que el suplente también entienda bien el tema del Consejo, para que pueda hacer el trabajo si es necesario.
- Art. 25El Consejo tiene juntas fijas cada cuatro meses, como obligación. Para eso, la Presidencia debe avisar con tiempo. También pueden haber juntas de emergencia si la Presidencia lo decide, o si al menos dos de cada tres miembros del Consejo están de acuerdo en que se necesita.
- Art. 26Los Consejos de las Alcaldías son un grupo de personas que ayudan al alcalde o alcaldesa a planear, revisar y verificar cómo va el programa de gobierno de su zona, pero solo en temas de cultura y derechos culturales. Su función es dar consejos y opiniones, no tomar las decisiones finales. Estos consejos trabajan junto con el titular de la Alcaldía para que las actividades culturales beneficien a todos. No tienen poder para mandar, solo para sugerir y apoyar. En pocas palabras, son como un equipo de asesores en cultura para la Alcaldía.
- Art. 27El Consejo de la Alcaldía se forma así: el titular de la Alcaldía lo preside, el encargado de Derechos Culturales, Recreativos y Educativos es el Secretario Técnico, y también están el titular de Desarrollo Social, un representante de cada espacio cultural de la Alcaldía, y al menos cinco personas de la comunidad artística y cultural que vivan o trabajen en la zona. Las personas de la comunidad artística duran tres años en el cargo y se eligen por una convocatoria pública que hace la Alcaldía, buscando que haya equilibrio de género, igualdad y apoyo a grupos prioritarios. Cada Consejo decide cuántos representantes de la comunidad artística se integran, según lo que necesite su territorio. El titular de la Alcaldía puede invitar a expertos, organizaciones o ciudadanos a las reuniones para aportar ideas, pero todos los cargos en el Consejo son honorarios, o sea, sin sueldo.
- Art. 28Los Consejos de las Alcaldías son grupos de personas que ayudan a gobernar cada alcaldía. Tienen que formarse justo al empezar el gobierno de cada alcaldía, cuando entran los nuevos funcionarios. Una vez que ya esté armado el Consejo, deben avisarle a la Secretaría de Gobierno para que sepan quiénes lo integran.
- Art. 29El Consejo de tu Alcaldía se encarga de ayudar a que la cultura en tu zona esté chida y sea para todos. Puede opinar y dar ideas al Alcalde o Alcaldesa para armar el plan de cultura, proponer actividades y revisar cómo se gasta el presupuesto en eso. También puede señalar si las autoridades no están haciendo su trabajo en cultura, y tiene que actualizar un listado de las tradiciones y expresiones culturales de tu colonia o pueblo, con ayuda de los vecinos. Además, cada año debe checar si las acciones culturales tratan a hombres y mujeres por igual y sin discriminación.
- Art. 30El Gobierno de la Ciudad de México va a reconocer a los grupos de vecinos, colectivos o redes que se dedican a la cultura en los barrios. Su obligación es crear formas sencillas para que tú y tu comunidad puedan participar directamente en las pláticas y decisiones sobre cómo cuidar, promover y mejorar la cultura local. Esto significa que no solo los expertos van a opinar, sino también la gente común. La idea es que cualquiera pueda meterse en estos temas sin vueltas complicadas.
- Art. 31El gobierno de la Ciudad reconoce que hay grupos o colectivos que ya existen y que han ayudado a la cultura local, así que valora su trabajo. También debe apoyar a nuevos grupos que quieran crear y compartir cultura en tu colonia, barrio o alcaldía. Para lograr esto, se usarán las reglas y el dinero del Presupuesto Participativo, que es un fondo donde los ciudadanos deciden en qué gastarlo. Básicamente, la ley dice que el gobierno debe fomentar la cultura hecha por la comunidad y usar los recursos que ya están destinados para eso.
- Art. 32El artículo 32 dice que tú puedes participar en la cultura de la Ciudad opinando, platicando, proponiendo ideas, haciendo tus propias creaciones, organizando eventos o uniéndote a otros para disfrutar de distintas actividades culturales. También incluye que puedes animar a otros a participar y gozar libremente de conciertos, danzas, exposiciones y todo tipo de expresiones artísticas. Básicamente, reconoce tu derecho a meterte de lleno en la vida cultural de la Ciudad.
- Art. 33El Gobierno de la Ciudad dice que sí va a tomar en cuenta cómo la gente se organiza para participar. Por eso, puede echarle la mano e impulsar proyectos donde la sociedad opine, proponga ideas, llegue a acuerdos, dé su punto de vista, diagnostique problemas o decida cosas. Esto lo puede hacer usando o creando espacios tanto por internet como en persona, para que todos puedan participar más fácil.
- Art. 34La Secretaría de Cultura de la Ciudad va a ponerse de acuerdo con artistas, grupos, colectivos y lugares culturales para armar un plan de cómo informar y dar a conocer los eventos y programas que se hacen en tu zona. El chiste es que todos sepan lo que pasa y crear conexiones entre la gente y las instituciones culturales. Así, si hay una obra, taller o concierto cerca de ti, te enteres fácil y puedas participar.
- Art. 35La información y difusión cultural servirán para conectar a grupos artísticos con la gente de la Ciudad que usa estos servicios, creando así un sistema donde todos puedan participar para promover la cultura. Además, la Secretaría puede hacer una plataforma en internet para mostrar conciertos, obras de teatro y otras expresiones artísticas. El objetivo es que haya más diversidad cultural y que todos puedan acceder a ella fácilmente desde cualquier lugar.
- Art. 36El artículo 36 dice que todos los que participan en la cultura de la Ciudad de México —artistas, promotores, vecinos, asociaciones y cualquier persona— pueden opinar y trabajar juntos para revisar y mejorar los programas culturales del gobierno. Esto quiere decir que la ciudadanía tiene derecho a involucrarse en cómo se planean y evalúan las actividades culturales, para que sean más útiles para todos. En pocas palabras, la gente puede dar su opinión y ayudar a decidir qué funciona mejor en la cultura de la ciudad.
- Art. 37El artículo 37 dice que el gobierno de la Ciudad diseñará un plan especial para apoyar y difundir la cultura, basado en el plan general de desarrollo y el programa de gobierno. Ese plan tendrá metas, estrategias y formas de trabajar entre distintas dependencias para que la cultura ayude al desarrollo sostenible. Durará seis años, pero después de los primeros tres años se podrá revisar y, si es necesario, actualizar o cambiar, siguiendo las reglas que ponga el Instituto correspondiente.
- Art. 38El artículo 38 dice que el programa de cultura de la Ciudad debe hacerse siguiendo las reglas de diseño que ya estableció el Instituto. Esto significa que, al crear las acciones culturales, la Ciudad no puede hacerlo a lo loco o como quiera, sino que tiene que tomar como base lo que ya está definido en esos lineamientos. En otras palabras, el programa debe respetar una estructura ya aprobada para que todo esté ordenado y en la misma línea.
- Art. 39Cada alcaldía de la Ciudad de México, como parte de su plan de gobierno, debe crear un documento especial llamado Programa de Fomento y Desarrollo Cultural. Ese programa debe incluir todas las acciones que la alcaldía hará para promover y apoyar la cultura en su zona. El documento tiene que seguir las reglas que indique el Instituto de Cultura de la ciudad. En pocas palabras, es una forma de asegurar que cada alcaldía tenga su propio plan para cuidar y fomentar la cultura local.
- Art. 40La Secretaría de Cultura de la CDMX va a crear un plan fijo para cuidar y dar a conocer el patrimonio cultural de la ciudad, porque eso es un derecho de todos. Ese plan debe seguir lo que dice la Constitución de la CDMX, las leyes federales, los acuerdos internacionales y la Ley del Patrimonio Cultural de la ciudad. Además, la Secretaría tiene que cumplir con las facultades y deberes que ya le da esa misma ley.
- Art. 41La Secretaría tiene la obligación de hacer que cualquier persona pueda consultar la información sobre el patrimonio cultural, o sea, los monumentos, tradiciones, sitios históricos y demás cosas importantes para la identidad de la Ciudad de México. También debe promover el conocimiento de la historia y los valores relacionados con ese patrimonio, pero siempre siguiendo lo que dice la Ley del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México. En pocas palabras, se busca que no escondan esta información y que la compartan para que todos la conozcan.
- Art. 42La Secretaría va a apoyar que cualquier persona pueda hacer crónica ciudadana, que es como contar lo que pasa en tu colonia o en la ciudad desde tu propia experiencia. También va a fomentar que se conserve la memoria oral y escrita de la ciudad, es decir, los recuerdos, historias y relatos que se transmiten de boca en boca o por escrito. Para lograrlo, va a trabajar con la Comisión de la Memoria Histórica de la Ciudad, siguiendo las reglas de la Ley del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México. Básicamente, quieren que tú puedas compartir y preservar lo que sabes y lo que has vivido sobre la historia de tu entorno.
- Art. 43El gobierno de la Ciudad de México puede dar apoyos o estímulos (como dinero o recursos) para investigar, cuidar, restaurar y dar a conocer los bienes culturales, como edificios históricos, tradiciones o arte. Estos apoyos se entregan tomando en cuenta que varias personas o grupos puedan competir por ellos de manera justa y clara. Además, solo se dan si hay dinero disponible en el presupuesto de la ciudad, es decir, no se promete nada que no se pueda pagar.
- Art. 44La declaratoria es como un documento oficial que sirve para proteger cosas importantes de la cultura de la Ciudad de México, como pueden ser edificios, tradiciones, fiestas o saberes ancestrales, ya sea que se toquen (material) o no (inmaterial). Todo esto se hace siguiendo lo que dice la Ley del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad. La Secretaría encargada (como la de Cultura) es la que prepara esos documentos para después llevarlos a la Jefatura de Gobierno, que es quien da el visto bueno final. En pocas palabras, este artículo explica quién y cómo se encarga de cuidar lo que hace única a la ciudad.
- Art. 45El artículo 45 dice que cualquier persona, grupo o institución tiene el derecho de sugerirle a la Secretaría algún bien cultural (como un monumento, una tradición o una danza) que crea que merece ser protegido de manera oficial. La Secretaría es la dependencia del gobierno encargada de cuidar el patrimonio cultural de la Ciudad de México. Para hacer la propuesta, hay que seguir las reglas que marca la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México. En pocas palabras, tú puedes proponer que algo importante para la cultura de tu ciudad sea declarado oficialmente como patrimonio protegido.
- Art. 46La Secretaría puede iniciar por sí misma el proceso para declarar algo como Patrimonio Cultural, sin que nadie se lo pida. O sea, no necesita que alguien presente una solicitud para hacerlo.
- Art. 47Para que un proyecto sea declarado Patrimonio Cultural, debe incluir un plan de manejo o salvaguardia. La Secretaría, junto con otras autoridades, se encargará de vigilar que ese plan se cumpla. El plan debe explicar qué bien se quiere proteger, para qué sirve y por qué es importante. También tiene que fijar metas generales y acciones para cuidar el lugar, permitir que la gente lo use, vigilarlo y darlo a conocer, invitando a la participación de todos. Debe incluir pasos concretos a corto, mediano y largo plazo. Por último, el plan debe decir qué dependencias del gobierno de la Ciudad de México se encargarán de ponerlo en marcha, darle seguimiento y conseguir el dinero necesario.
- Art. 48Si alguien no cumple con las reglas o acciones que están en los planes de manejo o salvaguardia, puede perder el permiso o declaración especial que había recibido. Es decir, si no haces lo que prometiste en esos planes, te pueden quitar el derecho que te dieron.