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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fomento-cultural/32
Ley
Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México
Artículo
32

Artículo 32 de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 32 dice que tú puedes participar en la cultura de la Ciudad opinando, platicando, proponiendo ideas, haciendo tus propias creaciones, organizando eventos o uniéndote a otros para disfrutar de distintas actividades culturales. También incluye que puedes animar a otros a participar y gozar libremente de conciertos, danzas, exposiciones y todo tipo de expresiones artísticas. Básicamente, reconoce tu derecho a meterte de lleno en la vida cultural de la Ciudad.

Texto oficial

Artículo 32. La participación social para el fomento y desarrollo cultural se expresa a partir de la opinión, discusión, proposición, creación, organización, vinculación, el incentivo, uso y disfrute de la diversidad de actividades, manifestaciones y expresiones culturales en la Ciudad.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.