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Ley
Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México
Artículo
31

Artículo 31 de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad reconoce que hay grupos o colectivos que ya existen y que han ayudado a la cultura local, así que valora su trabajo. También debe apoyar a nuevos grupos que quieran crear y compartir cultura en tu colonia, barrio o alcaldía. Para lograr esto, se usarán las reglas y el dinero del Presupuesto Participativo, que es un fondo donde los ciudadanos deciden en qué gastarlo. Básicamente, la ley dice que el gobierno debe fomentar la cultura hecha por la comunidad y usar los recursos que ya están destinados para eso.

Texto oficial

Artículo 31. El Gobierno de la Ciudad, reconoce las diversas formas de organización social que en el ámbito de la cultura se han desarrollado y las aportaciones hechas a su comunidad en esta materia. Del mismo modo, debe estimular la participación de nuevas expresiones sociales que propicien, generen y difundan la creación cultural de su barrio, colonia, región, o Alcaldía de la Ciudad. Para efectos del presente artículo se tomará en consideración los mecanismos y el Presupuesto Participativo establecido en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.