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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fomento-cultural/11
Ley
Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México
Artículo
11

Artículo 11 de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene la obligación de pedir ayuda a las dependencias del Gobierno Federal para que los programas culturales lleguen a todos. Estos programas incluyen hacer, promover, repartir y disfrutar actividades culturales. El beneficio es tanto para quienes viven en la Ciudad como para quienes la visitan. En pocas palabras, el gobierno local debe coordinarse con el federal para que haya más cultura para todos.

Texto oficial

Artículo 11. La Secretaría deberá gestionar los apoyos respectivos con las instancias del Gobierno Federal para participar en los programas vinculados a la producción, difusión, distribución y disfrute de las expresiones culturales para quienes habiten y visiten la Ciudad.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.