- Ley
- Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México
- Artículo
- 34
Artículo 34 de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Cultura de la Ciudad va a ponerse de acuerdo con artistas, grupos, colectivos y lugares culturales para armar un plan de cómo informar y dar a conocer los eventos y programas que se hacen en tu zona. El chiste es que todos sepan lo que pasa y crear conexiones entre la gente y las instituciones culturales. Así, si hay una obra, taller o concierto cerca de ti, te enteres fácil y puedas participar.
Texto oficial
Artículo 34. La Secretaría establecerá con las personas creadoras, asociaciones, colectivos e instituciones culturales de la Ciudad, una estrategia de información y difusión de las actividades y los programas culturales que se realizan en su región, con el fin de establecer canales de comunicación y vinculación de los individuos y las instituciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.