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Ley
Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México
Artículo
29

Artículo 29 de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de tu Alcaldía se encarga de ayudar a que la cultura en tu zona esté chida y sea para todos. Puede opinar y dar ideas al Alcalde o Alcaldesa para armar el plan de cultura, proponer actividades y revisar cómo se gasta el presupuesto en eso. También puede señalar si las autoridades no están haciendo su trabajo en cultura, y tiene que actualizar un listado de las tradiciones y expresiones culturales de tu colonia o pueblo, con ayuda de los vecinos. Además, cada año debe checar si las acciones culturales tratan a hombres y mujeres por igual y sin discriminación.

Texto oficial

Artículo 29. Los Consejos de las Alcaldías tendrán las siguientes atribuciones: Aprobar sus lineamientos operativos; Asesorar a la persona titular de la Alcaldía, en la elaboración del Programa de Gobierno en materia de cultura de la demarcación territorial, planteando opiniones o sugerencias concretas que sirvan para promover y proteger la diversidad de las expresiones culturales en la Ciudad, así como el ejercicio pleno de los derechos culturales de habitantes y visitantes de cada demarcación territorial; Remitir a la persona titular de la Alcaldía propuestas y diagnósticos que coadyuven a fortalecer la planeación y evaluación de las políticas culturales; Proponer mecanismos diversos de participación ciudadana acordes a las características y contexto de cada demarcación; Conocer el presupuesto destinado a cultura en la demarcación y, con base en éste, proponer a la persona titular de la Alcaldía, la realización de actividades que contribuyan al fomento, protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales de acuerdo con la política cultural de la Ciudad; Emitir observaciones a la autoridad de la Alcaldía, cuando considere que ésta no cumple con sus obligaciones como instancia encargada del fomento y desarrollo cultural; VI BIS. Con el apoyo de la Comisión de la Memoria Histórica de la Ciudad proponer al Consejo un catálogo de manifestaciones y expresiones culturales en la Ciudad de México, que deberá ser actualizado, en su caso, en coordinación con los representantes de los pueblos y barrios originarios y de las colonias de cada demarcación territorial; Proponer acciones conducentes para el fomento de la cultura de paz y desarrollo cultural en su demarcación; Fracción reformada G.O.CDMX 27/10/22 VII BIS. Analizar y emitir observaciones de manera anual, sobre los informes en materia cultural, así como de los indicadores utilizados para implementar una perspectiva de género y no discriminación, y Fracción adicionada G.O.CDMX 27/10/22 Las demás que esta Ley y otros ordenamientos jurídicos le confieran. CAPÍTULO III DEL RECONOCIMIENTO DE LAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

Ver texto oficial de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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