- Ley
- Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México
- Artículo
- 44
Artículo 44 de la Ley de Fomento Cultural de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La declaratoria es como un documento oficial que sirve para proteger cosas importantes de la cultura de la Ciudad de México, como pueden ser edificios, tradiciones, fiestas o saberes ancestrales, ya sea que se toquen (material) o no (inmaterial). Todo esto se hace siguiendo lo que dice la Ley del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad. La Secretaría encargada (como la de Cultura) es la que prepara esos documentos para después llevarlos a la Jefatura de Gobierno, que es quien da el visto bueno final. En pocas palabras, este artículo explica quién y cómo se encarga de cuidar lo que hace única a la ciudad.
Texto oficial
Artículo 44. Las declaratorias tienen como fin la preservación de aquellos bienes, expresiones y valores culturales considerados como Patrimonio Cultural material o inmaterial, en los términos de la Ley del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México. La Secretaría elaborará los proyectos de dichas declaratorias para su presentación ante la Jefatura de Gobierno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.