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Ley
Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal
Artículo
36

Artículo 36 de la Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 36 dice que el dinero que se presta o da para que crezcan las micro, pequeñas y medianas empresas (como fondos o créditos) debe venir de una fuente separada, según las reglas de cada estado o municipio. Este dinero no se debe mezclar con el que se usa para ayudar a esas mismas empresas a producir de manera más eficiente, según lo que ellas necesiten. En otras palabras, debe haber un presupuesto distinto para apoyar el crecimiento y otro para mejorar la producción, sin revolverlos.

Texto oficial

Artículo 36.- El financiamiento para el desarrollo de empresas pequeñas y medianas, establecido de acuerdo a regulaciones locales deberá ser independiente del que sustente una producción eficiente para empresas pequeñas y medianas, de acuerdo a sus necesidades.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento de Procesos Productivos Eficientes para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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