- Ley
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
- Artículo
- 103
Artículo 103 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría puede invitar a expertos del gobierno, empresas, organizaciones sociales y universidades para que ayuden sin cobrar nada (de forma gratuita y desinteresada) en los trabajos del Centro de Gestión Integral de Riesgos. Estos especialistas darán su consejo y apoyo por solidaridad, no por obligación. Es como pedirle a un conocido que te eche la mano en un proyecto importante porque sabe del tema.
Texto oficial
Artículo 103. La Secretaría podrá invitar a especialistas de los sectores públicos, privado, social y académico a que asesoren de manera gratuita, altruista y solidaria a la realización de los trabajos que se desarrollen en el Centro de Gestión Integral de Riesgos. CAPÍTULO V DE LA CAPACITACIÓN, DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE LA CULTURA DE LA GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.