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- Ley
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
- Artículo
- 121
Artículo 121 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido. Está derogado, lo que significa que fue eliminado de la ley desde el 2 de marzo de 2021. Por lo tanto, ya no tienes que preocuparte por esta regla, pues dejó de aplicarse por completo.
Texto oficial
Artículo 121. Se deroga. Artículo derogado G.O.CDMX 02/03/21 CAPÍTULO III DE LAS ACCIONES DE ATENCIÓN DE LA EMERGENCIA O AUXILIO
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