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Ley
Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Artículo
144

Artículo 144 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando ocurre un desastre, como un temblor o una inundación, las Alcaldías y el Gobierno de la Ciudad de México son los encargados de ayudar a la gente. Para pagar esas acciones de ayuda, se usa el dinero del FONADEN, que es un fondo especial para desastres. Todo se hace siguiendo unas reglas llamadas Reglas de Operación, que dicen cómo se debe usar ese dinero.

Texto oficial

Artículo 144. Las acciones de atención de Desastres corresponden a las Alcaldías y al Gobierno de la Ciudad de México y se cubrirán con cargo a los recursos del FONADEN, en términos de las Reglas de Operación. Artículo reformado G.O.CDMX 02/03/21

Ver texto oficial de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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