- Ley
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
- Artículo
- 158
Artículo 158 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría se encarga de hacer que diferentes grupos de trabajo y herramientas nuevas se junten para que las políticas públicas ayuden a las comunidades a resistir y recuperarse de desastres o crisis, tomando en cuenta las necesidades de cada región. Para lograrlo, invita a participar a personas de distintas profesiones, sectores (como empresas, gobierno y sociedad) y culturas, asegurándose de que nadie quede fuera, sin importar su origen o condición.
Texto oficial
Artículo 158. La Secretaría promoverá la integración y elaboración de instrumentos y procesos innovadores para la coordinación e implementación de políticas públicas en materia de Resiliencia a partir de un enfoque territorial, promoviendo una participación interdisciplinaria, multisectorial e intercultural atendiendo al principio de inclusión de todos los sectores de la población.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.