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Ley
Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Artículo
158

Artículo 158 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría se encarga de hacer que diferentes grupos de trabajo y herramientas nuevas se junten para que las políticas públicas ayuden a las comunidades a resistir y recuperarse de desastres o crisis, tomando en cuenta las necesidades de cada región. Para lograrlo, invita a participar a personas de distintas profesiones, sectores (como empresas, gobierno y sociedad) y culturas, asegurándose de que nadie quede fuera, sin importar su origen o condición.

Texto oficial

Artículo 158. La Secretaría promoverá la integración y elaboración de instrumentos y procesos innovadores para la coordinación e implementación de políticas públicas en materia de Resiliencia a partir de un enfoque territorial, promoviendo una participación interdisciplinaria, multisectorial e intercultural atendiendo al principio de inclusión de todos los sectores de la población.

Ver texto oficial de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.