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Ley
Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Artículo
194

Artículo 194 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres una persona (no una empresa) y quieres registrarte para hacer estudios de riesgos, debes pedir permiso por escrito. Tienes que entregar copia de tu título profesional en la carrera que se pide (o en una parecida) y papeles que comprueben que tienes al menos cuatro años de experiencia en Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil. Una vez que cumplas con todo, la Secretaría te responderá en un máximo de quince días hábiles. Después de que te autoricen, te darán de alta en un padrón digital de responsables oficiales de Protección Civil.

Texto oficial

Artículo 194. Las personas físicas que pretendan obtener registro y autorización para realizar Estudios de Riesgos deberán presentar solicitud por escrito, anexando: Copia de la cédula profesional, en la especialidad requerida o afines, y Las constancias con las que acredite como mínimo cuatro años de experiencia en materia de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil. Se deroga. Párrafo derogado G.O.CDMX 02/03/21 Una vez que se dé cumplimiento a los requisitos anteriores y a los que señale el Reglamento, la Secretaría dará respuesta a la solicitud de autorización en un plazo máximo de quince días hábiles. Artículo reformado G.O.CDMX 02/03/21 Una vez obtenido el registro y autorización correspondiente, será dado de alta en el Padrón Digital de Responsables Oficiales de Protección Civil, cuyo contenido se establecerá en el Reglamento. Párrafo adicionado G.O. CDMX 28/04/23

Ver texto oficial de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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