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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-gestion-integral-riesgos-proteccion-civil/197
Ley
Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Artículo
197

Artículo 197 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 197 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene validez. Esto significa que ya no aplica ninguna regla que estuviera escrita ahí. Se quitó oficialmente el 2 de marzo de 2021, según la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Como está derogado, no debes preocuparte por cumplir con lo que decía antes.

Texto oficial

Artículo 197. Se deroga. Artículo derogado G.O.CDMX 02/03/21

Ver texto oficial de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.