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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-gestion-integral-riesgos-proteccion-civil/234
Ley
Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Artículo
234

Artículo 234 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 234 ya no existe en la ley. "Derogar" significa que ese artículo fue eliminado de manera oficial por una nueva ley que lo canceló. Esto pasó en la Ciudad de México el 2 de marzo de 2021. Así que esa regla ya no aplica para nadie y no tienes que preocuparte por cumplirla.

Texto oficial

Artículo 234. Se deroga. Artículo derogado G.O.CDMX 02/03/21

Ver texto oficial de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.