- Ley
- Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 59
Artículo 59 de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El dictamen técnico que se menciona en el artículo 57 tiene que actualizarse cada año. Esto quiere decir que solo vale por un año y después vence, así que necesitas tramitarlo de nuevo para seguir usándolo. Es como cuando te vence la tarjeta de circulación o un permiso, tienes que renovarlo antes de que se cumpla el año.
Texto oficial
Artículo 59.- El dictamen técnico a que hace referencia el artículo 57 deberá ser renovado cada año.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.