Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es de aplicación obligatoria y busca beneficiar a todos en la Ciudad de México. Su objetivo principal es crear al Heroico Cuerpo de Bomberos como una dependencia del gobierno, que trabajará bajo la coordinación de la Secretaría de Protección Civil. También establece cómo se debe capacitar y profesionalizar a los bomberos a través de una Academia, y regula la figura del Patronato, que es un grupo de apoyo donde participan el gobierno, empresas privadas y la sociedad para ayudar con recursos. En resumen, la ley define las tareas de los bomberos para proteger a las personas, sus bienes y el entorno en caso de emergencias, siniestros o desastres.
- Art. 2El Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México es una institución que presta un servicio público muy especializado y de carácter civil. Esto significa que tiene su propia personalidad jurídica (puede hacer contratos y ser demandado) y su propio patrimonio (dinero y bienes). Además, puede tomar sus propias decisiones operativas y financieras para hacer su trabajo de manera más eficiente, siempre siguiendo las leyes que le aplican.
- Art. 3El artículo dice que el trabajo de los bomberos de la Ciudad de México debe guiarse siempre por valores como la honestidad, estar bien preparados y actuar con profesionalismo. También deben enfocarse en prevenir accidentes, ser leales a su institución y hacer su labor de manera eficaz. Además, tienen que participar de forma responsable en el Sistema de Protección Civil de la ciudad y trabajar con cualquier organismo público o privado cuando sea necesario. En pocas palabras, los bomberos deben ser íntegros, estar capacitados y cooperar con otros para proteger a la gente.
- Art. 4Todas las personas tienen derecho a pedir ayuda de los bomberos de la Ciudad de México cuando haya una emergencia, incendio o desastre, y también es su obligación llamarlos si ven una situación de peligro. Los bomberos te atenderán sin importar tu edad, raza, religión, género, dinero, ideas políticas o cualquier otra cosa que pueda usarse para discriminarte. Si alguien hace una llamada falsa, los bomberos o los programas que los apoyan deben reportarlo al Juez Cívico, que es la autoridad encargada de sancionar este tipo de faltas, para que el responsable enfrente las consecuencias legales.
- Art. 5**Bombero:** Es una persona que trabaja para el gobierno, está muy capacitada y pertenece a un grupo que cuida a la gente y protege a la población. Su trabajo es prevenir, atender y reducir emergencias, riesgos y desastres. **Bombero Forestal:** Es un servidor público especializado que forma parte de un equipo que cuida el medio ambiente. Se encarga de prevenir y apagar incendios en zonas de conservación, áreas naturales protegidas y lugares con valor ambiental en la Ciudad de México. **Consejo del Heroico Cuerpo de Bomberos:** Es un grupo de personas que aconsejan y analizan cómo mejorar y profesionalizar al cuerpo de bomberos. Pueden dar opiniones y recomendaciones a la Junta de Gobierno, y también transmitir ideas y propuestas de la gente y los propios bomberos. **Comisión:** Se refiere a la Comisión Federal de Electricidad (CFE). **Delegación:** Es la oficina de gobierno que administra una zona específica de la Ciudad de México (como las alcaldías). **Desastre:** Es una situación muy grave que interrumpe el funcionamiento normal de una sociedad, causando muchas pérdidas humanas, materiales o ambientales. Es tan severo que la comunidad afectada no puede recuperarse por sí sola. **Director General:** Es la persona encargada de llevar a cabo las políticas y estrategias que decide la Junta de Gobierno. También es el representante legal del organismo, según lo que dice el artículo 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México. **Emergencia Cotidiana:** Es un evento que ocurre de repente y sin aviso, que obliga al Heroico Cuerpo de Bomberos a tomar medidas inmediatas de prevención, protección y control para reducir sus consecuencias
- Art. 6El artículo 6 dice que el cuerpo de bomberos de la Ciudad de México es el principal encargado de apagar incendios y atender emergencias diarias, como fugas de gas, explosiones, derrames de sustancias peligrosas, rescates de personas atrapadas, cortos circuitos, árboles que representen un riesgo o capturar animales peligrosos. También puede hacer convenios de ayuda con otros cuerpos de bomberos del país o del extranjero, y comprar, rentar o vender lo necesario para su trabajo.
- Art. 6 BisEste artículo dice que el servicio que da el Organismo a la gente no se debe parar por ningún motivo. Si pasa algo que ponga en riesgo que siga funcionando, como una falla o una situación que lo detenga, el Gobierno puede tomar las medidas necesarias para que no se interrumpa. La idea es que siempre se busque la mejor manera de que la población lo reciba sin problemas.
- Art. 7Este artículo describe cómo se organiza el Heroico Cuerpo de Bomberos. Tiene un grupo de personas llamado Junta de Gobierno, que es la máxima autoridad y decide las reglas y planes generales. Luego está la Dirección General, que se encarga de llevar a cabo esos planes y es la cara legal del organismo. También hay áreas específicas como la Dirección Operativa, que atiende incendios y emergencias; la Dirección Técnica, que revisa equipos y hace estudios de prevención; y la Academia de Bomberos, que capacita al personal. Además, las estaciones de bomberos son las que responden primero a los siniestros en su zona, y hay otros grupos como el Consejo, que da consejos para mejorar, y la Contraloría Interna, que vigila que todo se haga correctamente.
- Art. 8La Junta de Gobierno es la máxima autoridad del organismo, y está formada por varias personas clave. Incluye a dos funcionarios elegidos por el Secretario de Protección Civil de la Ciudad de México, donde uno de ellos será el presidente. También participan dos ciudadanos con experiencia en protección civil y bomberos, elegidos por la Asamblea Legislativa, además de dos miembros designados por el Consejo de Protección Civil. Otros integrantes son un representante del Patronato de Bomberos, una persona propuesta por el presidente para ser secretario, y varios representantes de dependencias como la Secretaría de Finanzas, la Oficialía Mayor y la Contraloría General. Los representantes de la Contraloría y la Contraloría Ciudadana pueden hablar en las reuniones, pero no tienen derecho a votar. Cada miembro titular tiene un suplente, que lo reemplaza con los mismos poderes cuando hace falta.
- Art. 9La Junta de Gobierno (el grupo de personas que toman las decisiones más importantes de la institución) tiene derecho a: - Aprobar o rechazar el dinero que se va a gastar y a recibir cada año, que propone el Director General, antes de mandarlo a los Secretarios de Protección Civil y de Finanzas de la CDMX. - Revisar y autorizar los proyectos de inversión y préstamos que necesite la institución, siguiendo las reglas que aplican. - Decidir las reglas generales y las prioridades sobre cómo manejar el dinero y la administración. - Establecer las bases para decidir en qué invertir los recursos de la institución. - Autorizar, de acuerdo con la ley, cómo se van a contratar créditos y cómo se van a hacer los contratos, pedidos o acuerdos con otras personas para obras, compras, rentas y servicios. - Revisar y aprobar cada tres meses y cada año los estados financieros y balances que les mande el Director General. - Aprobar las prestaciones (como aguinaldo o vacaciones) y los documentos oficiales de los trabajadores, así como el equipo de protección y uniformes especiales que necesiten. - Elegir o quitar al Director General, pero solo si el Jefe de Gobierno lo propone. - Nombrar o quitar a los jefes que están dos puestos abajo del Director General, y decidir sus sueldos, prestaciones y licencias. - Confirmar a los Jefes de Estación y Subestación que proponga el Director General, basándose en los resultados de los exámenes que haga la Academia de Bomberos. - Saber cuáles son las reglas de ahorro y disciplina en el gasto que la institución debe seguir por ley
- Art. 10La Junta de Gobierno se junta cada 3 meses, o antes si hay algo urgente. Para que la reunión sea legal, debe estar presente más de la mitad de los miembros, y la mayoría de los que asistan deben ser de la Administración Pública de la Ciudad de México. Las decisiones se toman con el voto de la mayoría de los que están en la reunión. Si hay empate, el presidente tiene el voto que decide.
- Art. 11El Director General (el jefe máximo) de esta dependencia será elegido por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y debe cumplir con estos requisitos: Ser mexicano de nacimiento, sin otra nacionalidad, y tener todos sus derechos como ciudadano. También debe haber tenido puestos importantes donde haya aprendido sobre los temas del organismo, o tener mucha experiencia en administración. Además, necesita ser una persona honesta, de buen carácter, que nunca haya sido condenada por un delito hecho a propósito (doloso) ni suspendida de trabajar en el gobierno. Por último, debe mostrar que tiene ganas de ayudar a los demás y destacar por sus conocimientos y por buscar siempre mejorar, tanto él mismo como su equipo.
- Art. 12El Director General del organismo de bomberos tiene varias responsabilidades principales. Es como el representante legal de la institución ante cualquier autoridad o persona, y puede nombrar a otros abogados para que lo ayuden. También debe proponer mejoras a la Junta de Gobierno (que es como el consejo directivo) para que el servicio funcione mejor. Cada tres meses tiene que entregar reportes financieros y de actividades, y cada año debe hacer un informe completo de todos los servicios que dieron, para proponer cómo prevenir accidentes comunes. Además, se encarga de cosas como elaborar el presupuesto, nombrar jefes, crear un mapa de riesgos, y asegurarse de que el servicio nunca se interrumpa y que todo el personal se trate con respeto.
- Art. 13El Jefe de Gobierno puede despedir al Director General de inmediato si comete fallas muy graves que pongan en peligro el servicio del Organismo o que este deje de funcionar. El despido lo hace a través de la Junta de Gobierno (el grupo que supervisa al Organismo). Cuando el Director General termine su trabajo o sea despedido, tiene que entregar oficial y físicamente su puesto y todo lo que eso implica. Esto es para que las autoridades puedan tomar las medidas necesarias y el servicio no se interrumpa, siguiendo lo que dice esta ley.
- Art. 13 BisSi por algún motivo el Director General no puede estar en su trabajo por un tiempo, quien se encargará de atender sus asuntos será el titular de la Dirección Operativa. Esto significa que esa persona podrá firmar documentos y tomar decisiones que normalmente le tocarían al Director. Todo esto se hará siguiendo lo que diga el Reglamento de la Ley, que es como el manual de reglas de la institución.
- Art. 14Para ser Director Operativo necesitas: 1) ser mexicano y tener tus derechos civiles y políticos al cien, sin perderlos por ningún motivo legal. 2) Saber y tener experiencia en los temas que maneja la institución. 3) Tener una carrera universitaria relacionada con lo que hace el organismo. 4) Que se note que de verdad te gusta servir a los demás. 5) Que el Director General te nombre y la Junta de Gobierno te dé el visto bueno.
- Art. 15El Director Operativo es el encargado de organizar cómo se previenen y atienden los incendios y otras emergencias en la ciudad, especialmente cuando hay riesgo para las personas o sus pertenencias. También debe coordinar los planes y programas para enfrentar desastres, revisando cómo van funcionando. Cuando la gente pide ayuda, él tiene que canalizar esa solicitud de inmediato. Además, se encarga de que las estaciones de bomberos y sus equipos funcionen bien y estén en buen estado, y de reunir información útil para los mapas de riesgos de la ciudad. Por último, organiza programas de prevención y ayuda a hacer los informes técnicos sobre negocios o lugares que menciona la ley.
- Art. 16Para ser Director Técnico de este organismo, necesitas cumplir con estos requisitos: Ser mexicano y tener todos tus derechos civiles y políticos al corriente, como poder votar y votar. También debes tener experiencia y saber de los temas que maneja el organismo, además de estudios relacionados con su trabajo. Es importante que demuestres que realmente te gusta servir a los demás. Por último, el Director General te debe dar el puesto y la Junta de Gobierno tiene que aprobarlo.
- Art. 17El Director Técnico tiene varias tareas importantes a su cargo. Debe supervisar que se hagan los dictámenes (que son como los diagnósticos o inspecciones) para prevenir incendios en los lugares que menciona la ley. También puede proponer acuerdos de cooperación con otras organizaciones para conseguir o crear tecnología y así mejorar los servicios. Además, se encarga de organizar y coordinar los sistemas de comunicación, como la radio o el teléfono, que usan los equipos de trabajo. Otra de sus responsabilidades es diseñar y manejar las bases de datos con información sobre los servicios y emergencias atendidas, así como preparar los datos del Atlas de Riesgo (un mapa de zonas peligrosas). Por último, también dirige la planeación y evaluación de cómo funciona la institución.
- Art. 18Para ser Director de la Academia de Bomberos, necesitas cumplir con estos puntos: ser mexicano y tener tus derechos civiles y políticos al corriente (como poder votar y trabajar sin problemas). Debes tener estudios de especialidad en algo relacionado con las actividades de los bomberos. También tienes que demostrar que sabes mucho sobre el trabajo que hace el organismo. Finalmente, el Director General te tiene que dar el puesto, la Junta de Gobierno debe aprobarlo, y además pasarás un examen de oposición (una prueba para ver quién es el más capacitado).
- Art. 19El Director de la Academia de Bomberos es quien se encarga de aplicar los planes de estudio y los cursos de especialización. También puede proponer que los alumnos que tengan un buen desempeño reciban reconocimientos o aumentos de sueldo. Además, debe actualizar el manual de operación de la Academia según lo que necesite el organismo. También expide los documentos que comprueban que alguien tomó un curso, elige a los instructores (que deben tener certificados que avalen sus conocimientos) y mantiene contacto con escuelas, expertos y otras instituciones para mejorar el trabajo del organismo. Por último, hace todo lo que otras leyes le pidan.
- Art. 20Para ser Director Administrativo, debes cumplir con estos requisitos: ser mexicano y tener todos tus derechos como ciudadano vigentes (por ejemplo, no estar suspendido de votar o de trabajar). También necesitas experiencia y conocimiento en administración o en los temas que maneja la organización. Debes tener estudios universitarios relacionados con ese puesto y mostrar que realmente te gusta ayudar a los demás (no solo buscar el puesto por dinero o poder). Por último, el Director General te debe nombrar y la Junta de Gobierno (un grupo de jefes) tiene que dar el visto bueno.
- Art. 21El Director Administrativo tiene varias tareas importantes. Se encarga de pedir los permisos necesarios para manejar el personal, los materiales y el dinero del organismo. También debe planear y controlar el uso del dinero, asegurándose de que alcance para las operaciones diarias sin pasarse del presupuesto que ya fue aprobado. Él es quien autoriza los pagos, como sueldos, compras y otros servicios que se necesiten para que todo funcione. Además, firma los reportes financieros y administrativos que se entregan a las autoridades, siempre siguiendo las reglas establecidas.
- Art. 22Cada delegación de la Ciudad de México debe tener al menos una estación de bomberos. Pero si no hay suficiente presupuesto, en lugar de la estación pueden poner solo una subestación (que es más chica). También va a haber una estación especial solo para bomberos forestales en toda la ciudad. En las delegaciones que tengan áreas de conservación, áreas naturales protegidas o zonas de valor ambiental, debe haber al menos una subestación para esos bomberos forestales.
- Art. 23El Artículo 23 dice cuáles son las obligaciones y derechos de los jefes de las estaciones de bomberos. Ellos deben dirigir cómo prevenir y atender incendios o emergencias en su zona, y también ayudar en otras zonas si la situación es muy grande. Tienen que reportar por escrito todo lo que pasa durante su turno, y asegurarse de que la estación, el equipo y su personal estén en buen estado. También deben elaborar un mapa de riesgos de su área para prevenir accidentes, cuidar la integridad física de su equipo y nunca interrumpir el servicio a la gente.
- Art. 24El Artículo 24 dice que el Consejo de Bomberos de la Ciudad de México es un grupo de personas que asesoran, analizan y dan su opinión sobre cómo mejorar el cuerpo de bomberos. Entre sus tareas están: dar sugerencias a los jefes para que el servicio funcione mejor, escuchar las ideas de la gente y llevarlas a los bomberos, y ayudar a que la Asamblea Legislativa (los diputados locales) y los bomberos trabajen juntos. También pueden pedir información al director general, proponer soluciones a los problemas del organismo, y buscar apoyo económico o tecnológico de otras instituciones sin meterse con el Patronato (el grupo que junta dinero). Además, tienen que promover la cultura de la prevención, dar a conocer las reglas de esta Ley y hacer estudios para evitar emergencias.
- Art. 25El artículo dice quiénes van a formar parte del Consejo de los Bomberos de la Ciudad de México. El presidente de este grupo será el Director General del Cuerpo de Bomberos. También lo van a integrar el director de la Academia de Bomberos, tres diputados de la Comisión de Protección Civil, el Secretario de Protección Civil de la ciudad y un representante de cada una de estas universidades: la UNAM, la UAM, el Politécnico y la Universidad de la Ciudad de México. Cada uno de estos miembros tendrá un suplente que los reemplace cuando falten. Además, los mismos integrantes del Consejo van a elegir por votación a la persona que será el Secretario del grupo.
- Art. 25 BisEl Consejo debe juntarse cada tres meses como mínimo, y el presidente es quien lo convoca. También puede reunirse de manera urgente si hay un asunto que no puede esperar. Para que la junta sea válida, tiene que estar presente más de la mitad de los miembros. Las decisiones se toman ganando por mayoría, es decir, con más votos a favor que en contra.
- Art. 26El patrimonio de este organismo, es decir, todo lo que posee, se forma con varias cosas. Primero, cualquier mueble (como escritorios o camiones) o inmueble (como terrenos o edificios) que el Gobierno le dé. También incluye dinero que el Gobierno le otorgue como apoyo, y donaciones o herencias de personas o empresas, ya sean nacionales o extranjeras. Además, entran los bienes que reciba del Sistema de Protección Civil, las ganancias de sus propias inversiones (como intereses), y los ingresos por emitir dictámenes o por servicios de bomberos en eventos con fines de lucro. Por último, suman las aportaciones del Patronato y cualquier otro ingreso del que se beneficie.
- Art. 27El artículo 27 dice que el dinero que necesita el cuerpo de bomberos de la Ciudad de México (antes Distrito Federal) se incluye en el presupuesto general de gastos de la ciudad. Ese presupuesto general lo aprueban los diputados de la Asamblea Legislativa. Así, los bomberos no tienen un presupuesto propio separado, sino que reciben su parte del dinero total que la ciudad gasta cada año.
- Art. 28La Junta de Gobierno de los Bomberos de la Ciudad de México le va a dar al Jefe de Gobierno, a través de la Secretaría de Protección Civil, el presupuesto que ellos calculen que necesitan según sus planes. Esto lo harán siguiendo las reglas que marca la ley sobre cómo se debe gastar el dinero. Ese presupuesto se usará para armar el Proyecto de Presupuesto de Egresos, que es el plan de gastos que el Jefe de Gobierno manda a la Asamblea Legislativa para su revisión y aprobación.
- Art. 29Para manejar su dinero del año, el Organismo debe seguir las reglas que marca el artículo 69 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, además de otras leyes que correspondan. Básicamente, no puede gastar como quiera, sino que tiene que cumplir con lo que dicen esas normas.
- Art. 30Este artículo dice que todas las donaciones o aportaciones que el Organismo (por ejemplo, de bomberos) reciba de la gente durante un año, se pueden usar poquito a poco cada tres meses al año siguiente. Esto es para que el dinero no se quede sin usarse y puedan planear bien en qué gastarlo, además de tener un fondo para emergencias inesperadas. El dinero que la gente done debe depositarse en una cuenta bancaria especial, y esa cuenta debe ser la misma desde que se abre, sin cambiarla después.
- Art. 30 BisEl Fideicomiso de Bomberos es como un fondo especial que usa el cuerpo de bomberos para comprar equipo nuevo y tecnología avanzada, o para construir y reparar sus estaciones y edificios. Solo se puede usar ese dinero si realmente ayuda a mejorar el servicio, por ejemplo, haciendo que los bomberos trabajen más rápido y mejor. En pocas palabras, es una herramienta para que los bomberos tengan mejores herramientas e instalaciones y puedan atender emergencias de forma más eficiente.
- Art. 30 QuaterEl Fondo de los Bomberos se compone de varias fuentes de dinero. Cada año, el gobierno de la Ciudad de México debe darle al menos el 2% de su presupuesto total. También se aceptan donaciones voluntarias, herencias o regalos de personas, empresas u organizaciones, tanto de México como del extranjero. Pueden obtener recursos haciendo rifas, colectas o eventos autorizados por el Patronato o el Director General. Por último, la Junta de Gobierno puede aprobar cualquier otra entrada de dinero que beneficie al organismo.
- Art. 30 TerPara que el Fideicomiso de Bomberos pueda usar su dinero, el Director General tiene que pedirlo y explicar bien para qué lo necesita, además de entregar un presupuesto. Todo lo que se compre o alquile (como camiones o equipo) y los servicios que se contraten con esos recursos deben seguir las reglas de la Ley de Adquisiciones de la Ciudad de México. Por otro lado, cualquier obra pública o servicio relacionado (como construir una estación de bomberos) se tiene que regir por la Ley de Obras Públicas de la Ciudad. En pocas palabras, el dinero del fideicomiso solo se gasta si el Director lo justifica y se cumplen las leyes de compras y obras de la ciudad.
- Art. 31La Academia de Bomberos es el lugar donde se prepara y entrena a los bomberos, enseñándoles habilidades físicas, prácticas y teóricas para que hagan bien su trabajo. También es la encargada de decidir quién puede ser bombero, basándose en los resultados de los exámenes que les aplican. Además, ahí se dan los cursos para los que quieren ser Bomberos Voluntarios y para los Niños Bomberos, siguiendo las reglas del Reglamento de esta Ley.
- Art. 32El Artículo 32 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Decir que está "derogado" significa que ya no se aplica, como si lo hubieran borrado del código. Por lo tanto, ya no hay ninguna regla que cumplir en ese artículo, ni te puede afectar para nada.
- Art. 33El Artículo 33 fue eliminado de la ley, por lo que ya no tiene ningún efecto. "Derogado" significa que ya no está vigente y no se aplica. Eso quiere decir que no hay que cumplir con lo que decía ni tomarlo en cuenta para ningún trámite o situación legal.
- Art. 34El artículo 34 fue derogado, lo que significa que ya no está vigente ni tiene efecto legal. En pocas palabras, esa parte de la ley se eliminó y ya no aplica para nada ni para nadie.
- Art. 35La Academia de Bomberos tendrá maestros expertos para dar cursos gratis a todo el personal. Estos cursos serán los que la academia crea necesarios, pero siguiendo las ideas del Consejo de Bomberos y del Director General. Es decir, los bomberos recibirán capacitación sin pagar nada, y los temas se deciden entre los jefes y la academia.
- Art. 36Los bomberos con más rango o experiencia tienen que dar clases a los nuevos en su horario normal de trabajo, y solo si ellos están de acuerdo podrían hacerlo fuera de ese horario. También deben compartir lo que saben con la Academia para que los estudiantes siempre se mantengan actualizados y mejor preparados, pero antes se revisa si los bomberos realmente tienen la capacidad para enseñar.
- Art. 37El artículo 37 dice que la Academia de Bomberos va a dar varios tipos de cursos a los bomberos. Entre ellos están: un curso práctico y teórico para quienes entran por primera vez, cursos de rescate en la ciudad y en el campo, primeros auxilios, y materias sobre química, física, hidráulica y cómo manejar sustancias peligrosas. También incluye cursos para aprender a apagar incendios y controlar fugas de gas, líquidos u otros materiales. Además, habrá cursos para mejorar la condición física de los bomberos y para que puedan ofrecer servicios de emergencia más completos.
- Art. 38La Academia de Bomberos puede dar becas, tanto en México como en el extranjero, pero solo si hay dinero disponible en el presupuesto y se siguen las reglas de austeridad (es decir, sin gastar de más). Esas becas son para los bomberos y bomberas que se hayan destacado por su buen trabajo, sin importar su puesto o nivel dentro de la corporación. El objetivo es que aprendan las técnicas y conocimientos más nuevos en su oficio para que puedan dar un mejor servicio a la gente, como lo marca esta ley.
- Art. 39Un bombero es una persona que trabaja para el gobierno como parte de un equipo de ayuda a la población, y su trabajo es prevenir, controlar, apagar incendios y atender emergencias o desastres. No importa qué pase, nunca se puede usar a los bomberos para asustar o forzar a la gente a hacer algo. Su chamba es cuidar a la ciudadanía, no andar de policía.
- Art. 39 BisUn bombero forestal es una persona que trabaja para el gobierno o una organización de apoyo, y su chamba es cuidar los suelos de conservación, las áreas naturales protegidas y las zonas con valor ambiental. Su labor principal es prevenir y apagar incendios, y atender emergencias o siniestros en esos lugares. Pero algo muy importante: bajo ningún motivo se le puede usar para intimidar, reprimir o ejercer fuerza contra la gente. Su único papel es proteger el medio ambiente y responder a desastres, no meterse en asuntos de seguridad pública o control social.
- Art. 40Para ser bombero necesitas dos cosas: un certificado de la Academia de Bomberos que demuestre que terminaste tu capacitación, y un nombramiento oficial que te entregue el Director General (el jefe máximo de bomberos). También tienes que cumplir con todo lo que dice esta ley y su reglamento. Si el Director General no está disponible, la Junta de Gobierno (un grupo de personas que toman decisiones importantes) será quien te dé ese nombramiento.
- Art. 40 BisEl artículo 40 Bis dice que los miembros de este organismo siempre deben actuar con respeto a los derechos humanos y cuidando la integridad física y los bienes de las personas. También tienen que aplicar disciplina y realizar servicio a la comunidad como reglas básicas en su trabajo. Esto significa que no pueden portarse mal ni ignorar a la gente, sino que deben proteger a la ciudadanía en todo momento.
- Art. 41Como miembro del organismo, tienes que hacer varias cosas: obedecer las órdenes de tus jefes para poder hacer bien tu trabajo, tratar con respeto y amabilidad a tus superiores, compañeros y a la gente, y asistir a los cursos que dé la Academia de Bomberos para obtener tu constancia. También debes usar tu uniforme y distintivos siempre limpios y bien puestos, cumplir con lo que dice esta ley, y entregar a las autoridades cualquier cosa que recuperes en un incendio o accidente. Además, tienes que cuidar tu equipo, reportar si se daña o se pierde, enseñar a los alumnos de la Academia, hacerte los exámenes médicos que te pidan, dar un buen servicio a la gente, no usar el equipo del trabajo para tu beneficio personal, y entregar el equipo al siguiente turno con un reporte por escrito si está dañado.
- Art. 42El Artículo 42 dice que los miembros de este organismo tienen derechos adicionales a los que ya les da la ley del trabajo y la seguridad social. Estos derechos incluyen: recibir un sueldo justo según su labor; acceder a las prestaciones de la Caja de Previsión de la Policía de la Ciudad de México, siempre y cuando cumplan con las condiciones que ésta pida; y tener capacitación para poder presentar exámenes si quieren subir de puesto. También tienen derecho a que les den su uniforme y equipo sin pagar nada, a recibir atención médica inmediata si se lastiman en el trabajo (y en casos graves los atienden en el hospital más cercano, pagando el organismo los gastos), a que los traten con respeto sus jefes y compañeros, a obtener estímulos económicos o reconocimientos si se lo ganan, y a que el organismo les proporcione servicio médico. Las mujeres embarazadas tienen las prestaciones que marca la ley; además, pueden recibir becas para estudiar en México o en el extranjero. Por último, si por su trabajo un particular los demanda penal o civilmente, el organismo les da asesoría legal gratuita y los defiende; y si mueren o pierden un órgano en un accidente laboral, el organismo paga un seguro de vida para su familia.
- Art. 43Los bomberos tienen derecho a recibir un sueldo justo que compense el peligro de su trabajo, según lo que marca la ley laboral. Además, deben contar con un seguro de vida para proteger a su familia si llegan a fallecer en servicio o si pierden algún órgano por un accidente mientras trabajan. Esto busca que su profesión sea valorada como se merece.
- Art. 44Este artículo dice que para motivar a los bomberos de la Ciudad de México, se les darán premios en dinero, pero solo si hay presupuesto disponible. Además, se entregarán reconocimientos especiales por cosas como mostrar valentía, ser constantes, tener méritos, aportar nuevas tecnologías o cumplir años seguidos en el servicio. Todo esto estará regulado por un reglamento que define cómo funcionan esos premios y reconocimientos.
- Art. 45Si eres bombero o bombera del Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México, tienes derecho a subir al siguiente nivel en tu trabajo. Para poder ascender, debes cumplir con ciertos requisitos, como la experiencia o cursos, que se explican en el reglamento de esta ley. También, en ese reglamento se indica cómo debes pedir tu ascenso. No es automático, sino que tienes que solicitarlo. En pocas palabras, la ley te da la oportunidad de crecer laboralmente si cumples con lo que pide el reglamento.
- Art. 46Si un miembro del Organismo no cumple con lo que dice esta Ley, habrá sanciones. Esas sanciones no están escritas aquí en este artículo, sino que se aplicarán de acuerdo a lo que digan otras leyes o reglas que correspondan.
- Art. 46 BisEl artículo 46 Bis está derogado, lo que significa que ya no existe ni tiene validez legal. Antes estaba en vigor, pero fue eliminado oficialmente de la ley. Por eso, hoy en día no debes tomarlo en cuenta para ningún trámite o situación. Como ya no es parte de la ley, no tienes que preocuparte por cumplirlo o saberlo.
- Art. 46 TerSi un trabajador del organismo comete una falta en su trabajo, lo van a castigar según lo que diga la ley de responsabilidades de servidores públicos. También puede recibir un castigo penal si su falta es un delito. Esto aplica para cualquier empleado que trabaje ahí.
- Art. 47Los sueldos que reciben los trabajadores de esta dependencia se calculan con base en las tablas de salarios que publica la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México. Esas tablas son como una lista oficial que define cuánto gana cada puesto. O sea, nadie puede ganar más o menos de lo que ahí se indica.
- Art. 48Este artículo solo enumera los puestos que existen dentro del personal operativo del Organismo. Son los cargos que van desde el más alto, que es Primer Superintendente, hasta el más básico, que se llama simplemente Bombero. También hay niveles intermedios como Inspector, Oficial y Suboficial. Básicamente, es la lista de rangos o categorías que tienen los trabajadores que realizan las labores directas. No explica qué hace cada puesto, solo los nombres de los niveles.
- Art. 49En cada estación de bomberos, para que trabajen bien, debe haber un jefe de estación, un jefe de servicio por turno (que tiene el rango de primer inspector) y los oficiales que están asignados a esa estación.
- Art. 50El artículo 50 dice que una "instrucción" es una orden que se da para que se cumpla, con el propósito de alcanzar los objetivos de una institución como el Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México. En palabras más simples, es cualquier indicación que te dan tus superiores en el trabajo para que la hagas, siempre y cuando tenga que ver con las tareas propias de los bomberos. Por ejemplo, cuando te dicen "ve a apagar el fuego en tal dirección", eso es una instrucción.
- Art. 51El Artículo 51 dice que si tu jefe te da una orden para atender una emergencia, debe dártela por escrito. En ese documento debe venir cómo propone manejar la situación. Solo si es imposible hacerlo por escrito (como en una urgencia extrema), puede decírtelo de palabra, pero en ese caso tienen que estar presentes dos compañeros del trabajo como testigos para que quede claro que la orden se dio.
- Art. 52El gobierno puede darle terrenos o edificios al Organismo (la institución de la que se habla) para que instale estaciones o subestaciones, o para que sus miembros reciban capacitación, desarrollo personal o actividades de recreación. Esto significa que el gobierno no vende ni regala a cualquiera, sino que pasa la propiedad solo a esta organización para usos muy específicos, como poner antenas o centros de entrenamiento.
- Art. 53Las casas y terrenos del Organismo deben estar en lugares clave para llegar rápido a los incendios y accidentes. Cada Delegación tiene que tener una Estación y, si hace falta, Subestaciones en zonas de mucho peligro para atender las emergencias. Así, buscan que los bomberos o equipos de rescate lleguen más pronto cuando se necesiten. Las Subestaciones son como bases más chicas que ayudan a cubrir áreas difíciles o lejanas. En corto, la ley exige que estén bien ubicados para proteger a la raza más rápido.
- Art. 54La Estación Central es el edificio principal donde están las oficinas de los jefes y directivos del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México. En ese mismo lugar, se van a acomodar todas las áreas de trabajo de manera que queden bien organizadas y funcionen mejor. Es como decir que ahí está el cuartel general, y que dentro de él todo está colocado en el lugar que más convenga para que el equipo administrativo haga su chamba sin problemas.
- Art. 55Las estaciones de bomberos deben tener suficiente equipo para manejar cualquier emergencia que se presente, y también para ayudar a otras estaciones si lo necesitan. En el caso específico de la estación de bomberos forestales, ellos deben contar con herramientas y equipos especiales para prevenir, controlar y atender incendios en bosques o áreas naturales. Esto significa que no pueden tener el mismo equipo que una estación normal, sino uno diseñado para incendios grandes al aire libre.
- Art. 56Las subestaciones son bases de bomberos que solo tienen el equipo básico para atender una emergencia de manera inicial, mientras llegan los camiones y el personal de una estación principal que está más cerca. Pero esto no aplica para las subestaciones de bomberos forestales, que sí deben tener todo el equipo especializado para combatir incendios en el monte o en áreas naturales.
- Art. 57Los negocios, fábricas o empresas que tengan un riesgo mediano o alto de incendio, y también las que guarden o transporten materiales que se prendan fácil o sean peligrosos, están obligadas a tener un documento técnico sobre cómo prevenir incendios. Ese documento lo da el Organismo (la autoridad encargada), y no reemplaza otras reglas de seguridad que ya exijan las leyes de trabajo, salud, medio ambiente, protección civil y otras relacionadas. En resumen, aparte de cumplir con otras normas, necesitan ese dictamen especial.
- Art. 58Si tienes un negocio o empresa que sea considerada de mediano o alto riesgo de incendio, o que transporte materiales inflamables o peligrosos, estás obligado por ley a tener un seguro. Este seguro debe cubrir gastos si alguien resulta herido o si sus bienes resultan dañados por un accidente relacionado con tu actividad. En otras palabras, necesitas un seguro "de responsabilidad civil y daños a terceros" que proteja a las personas o propiedades que no son tuyas y que pudieran sufrir un percance por tu trabajo.
- Art. 59El dictamen técnico que se menciona en el artículo 57 tiene que actualizarse cada año. Esto quiere decir que solo vale por un año y después vence, así que necesitas tramitarlo de nuevo para seguir usándolo. Es como cuando te vence la tarjeta de circulación o un permiso, tienes que renovarlo antes de que se cumpla el año.
- Art. 60Para sacar el permiso del que habla el artículo anterior, tienes que cumplir con los requisitos que marcan las reglas aplicables y también pagar las cuotas que correspondan antes.
- Art. 61Cuando alguien pide una revisión, un inspector de bomberos va al lugar para checar que todo esté en orden. El inspector revisa que el lugar tenga las medidas de seguridad y el equipo necesario, como extintores o alarmas, para enfrentar un incendio u otro accidente. Esto se hace solo si la persona dueña o responsable del lugar hace la solicitud.
- Art. 62Si el inspector encuentra que tu negocio no cumple con las reglas, te va a explicar qué está mal y te dará consejos para arreglarlo. Te darán entre 15 y 30 días naturales (días seguidos, incluyendo fines de semana y festivos) para corregir los problemas. Pasado ese plazo, van a volver a revisar. Si no arreglaste todo para entonces, te van a aplicar las multas o castigos que diga el reglamento de la ley.
- Art. 63El inspector de bomberos solo puede hacer su revisión oficial (el dictamen) hasta que se cumplan todos los requisitos que marca la ley. Después de esa revisión, el Director General es quien tiene que entregar el resultado final. En pocas palabras, primero se cumplen los requisitos, luego el inspector revisa y, por último, el Director da el visto bueno.
- Art. 64Un bombero voluntario es cualquier persona mayor de 16 años que viva en la Ciudad de México y quiera ayudar a su comunidad. Su labor es orientar a los vecinos sobre cómo prevenir incendios, fugas, derrames u otros desastres, además de fomentar la cultura de Protección Civil. También deben actuar en caso de emergencia, colaborando con los bomberos del gobierno. Si te conviertes en voluntario, recibirás capacitación gratis en la Academia de Bomberos, pero no te pagarán ni te darán ningún sueldo por hacerlo. Es un servicio completamente gratuito a la comunidad.
- Art. 65Para ser bombero voluntario, necesitas dos cosas: primero, aprobar todos los cursos que da la Academia de Bomberos, y segundo, que el Director de esa Academia te entregue un documento que lo compruebe. O sea, no basta con solo tomar las clases; debes terminar el curso y recibir un papel oficial que diga que ya cumpliste. Ese papel es tu "constancia", como un comprobante de que eres apto para el cargo. Sin eso, no te pueden nombrar bombero voluntario.
- Art. 66Cada año, la Academia de Bomberos decide cuántos voluntarios puede recibir según los recursos que tenga, como espacios, instructores o equipo. Ese número se anuncia públicamente para que la gente sepa a cuántas personas les darán entrenamiento. Esto aplica también a los niños y jóvenes interesados en ser bomberos voluntarios. En otras palabras, no hay un cupo fijo, sino que varía según lo que la academia pueda ofrecer en ese momento.
- Art. 67La ley dice que la Academia de Bomberos de la Ciudad de México va a dar cursos gratis para niñas, niños y jóvenes. El objetivo es que aprendan cómo prevenir incendios, fugas o derrames de sustancias peligrosas, y también cómo identificar situaciones de riesgo. Además, les enseñarán a reportar esos peligros a las autoridades correspondientes. Así se busca que desde chicos tengan una cultura de protección civil.
- Art. 67 BisUn bombero forestal es una persona que trabaja para el gobierno o una organización que cuida el suelo protegido, los bosques y las áreas naturales. Su trabajo es prevenir, controlar y apagar incendios en esos lugares. La ley dice claramente que estos bomberos nunca deben usarse para asustar, reprimir o hacerle daño a la gente. O sea, no pueden ser utilizados como policías o para obligar a alguien a hacer algo. Su única chamba es cuidar el monte y apagar fuegos.
- Art. 67 QuaterPara ser bombero forestal, debes tomar y pasar los cursos que da la Academia, y el director te dará un papel que lo compruebe. La cantidad de bomberos que se capacitan cada año depende del espacio y recursos que tenga la Academia, y ellos mismos anuncian ese número anualmente. Estos bomberos trabajan junto con la Secretaría del Medio Ambiente, la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México y otras autoridades, con el objetivo de cuidar el suelo de conservación y las áreas naturales protegidas, apagando incendios y evitando que ocurran. En resumen, su labor es proteger el medio ambiente de la ciudad contra el fuego.
- Art. 67 TerLos bomberos voluntarios de la Ciudad de México pueden ayudar a los bomberos forestales en su trabajo, pero solo de la manera y bajo las reglas que esta misma ley señala.
- Art. 68El artículo 68 dice que cuando ocurra un desastre o una emergencia grave que ponga en peligro a las personas o dañe propiedades públicas o privadas, el organismo encargado puede actuar de inmediato. Aunque esas acciones afecten derechos de alguien o causen pérdidas económicas, se considerarán necesarias y justificadas. En otras palabras, en situaciones de riesgo para la comunidad, se prioriza la seguridad colectiva sobre los intereses individuales. Esto aplica solo en casos de siniestros o calamidades donde haya peligro inminente.
- Art. 69Tú tienes la obligación de ayudar sin condiciones a los bomberos cuando estén trabajando, incluso si para resolver una emergencia tienen que dañar cosas que no son tuyas. Si eso pasa, el dueño de lo dañado puede pedirle al que causó la emergencia que le pague por los destrozos. En pocas palabras, debes cooperar con los bomberos, aunque se afecten propiedades de otros, y quien inició el problema es el responsable de cubrir los gastos.
- Art. 70El Patronato del Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México es un grupo formado por personas del gobierno, empresas y organizaciones de la sociedad. Su función es ayudar a juntar los recursos económicos y bienes que necesita el cuerpo de bomberos para funcionar. Para hacer su trabajo, deben actuar con honestidad, ser claros en cómo usan el dinero y trabajar en equipo con la comunidad, siempre pensando en el bien común.
- Art. 71El artículo 71 dice que, por medio del Patronato (que es como un comité que administra recursos), se busca conseguir equipo moderno y especializado, junto con la capacitación para usarlo, para que el trabajo sea más seguro y eficiente. También se habla de obtener dinero o apoyos para mejorar la calidad de vida de los miembros de la organización. Además, se busca conseguir cosas necesarias para que la organización funcione mejor y tenga mejores condiciones.
- Art. 72El Patronato (un grupo de personas encargadas de apoyar al organismo) va a hacer cosas como campañas de donación, rifas, sorteos y otras actividades legales para juntar dinero. Ese dinero se usará solo para proyectos específicos que ayuden a que el organismo cumpla con su trabajo. No es para cualquier cosa, sino para metas concretas que ya están definidas.
- Art. 73Este artículo dice quiénes forman parte del Patronato, que es como el consejo o grupo de personas encargadas de una institución. Lo integran los titulares (los jefes) de varias dependencias del gobierno: Protección Civil, Desarrollo Económico, Finanzas, Oficialía Mayor, Contraloría General y el Director de Bomberos. También incluye a 3 personas del sector privado (empresas) y 3 del sector social (organizaciones de la sociedad), que son invitadas por la Junta de Gobierno para estar en el cargo durante 3 años. Cada miembro puede nombrar a un suplente, o sea, a alguien que lo reemplace si no puede asistir.
- Art. 74Ser parte del Patronato de los Bomberos de la Ciudad de México es un puesto gratuito, es decir, no te pagan ni te dan ningún dinero por ese trabajo. Lo haces de manera voluntaria y sin recibir un sueldo, prestaciones o cualquier otra compensación económica. Esto aplica para todas las personas que sean nombradas para ese cargo.
- Art. 75El Patronato va a tener una mesa directiva formada por tres personas: un Presidente, un Secretario y un Tesorero. Cada año se elegirán quiénes ocuparán los puestos de Presidente y Tesorero. El Secretario también forma parte de la mesa, pero el artículo no dice que se elija cada año.
- Art. 76El Patronato es un grupo de personas que toman decisiones importantes en alguna organización. Este artículo dice que ese grupo debe reunirse cada cuatro meses, o sea, tres veces al año. Para que se junten, el Secretario del Patronato tiene que mandarles una invitación o aviso. Sin esa invitación, no se puede hacer la reunión. Así que todo está programado pero necesita que alguien los llame oficialmente.
- Art. 77El Patronato va a crear sus propias reglas para saber cómo trabajar y funcionar. Esas reglas deben ser entregadas o explicadas a la Junta de Gobierno, que es como el grupo de jefes que supervisa todo. Esto es para que todos sepan cómo se van a hacer las cosas.
- Art. 78El artículo 78 dice que el dinero que consiga el Patronato (el grupo que administra los recursos) solo se puede gastar siguiendo las reglas técnicas que ponga el organismo de bomberos, y además debe ser aprobado por la Junta de Gobierno (el grupo de personas que toman decisiones importantes). En pocas palabras, no pueden usar los fondos como quieran; tienen que pedir permiso y cumplir con lo que diga el reglamento. Los artículos transitorios son reglas para el cambio de la ley. La ley empieza a aplicarse 90 días después de publicarse en la Gaceta Oficial. Se cancelan todas las leyes anteriores que vayan en contra. El reglamento de los bomberos debe hacerse en esos mismos 90 días. El jefe actual de bomberos puede ser el nuevo Director General sin problema. La Junta de Gobierno tiene que nombrarse antes del 1 de enero de 1999. Hasta que salga el nuevo reglamento, siguen vigentes los acuerdos de la Secretaría de Seguridad Pública. Desde 1999, los bomberos tendrán su propio presupuesto; hasta entonces, la Secretaría administra su dinero. La Academia de Bomberos debe abrir en 1999, usando las instalaciones actuales mientras construyen una sede en menos de tres años. Los bomberos conservan su rango o uno equivalente. Se respetan su antigüedad, prestaciones y derechos. Desde 1999, los bomberos expedirán los dictámenes cuando se fijen los costos en el Código Financiero. Por último, esta ley se publica en la Gaceta Oficial y en el Diario Oficial para que todos la conozcan.