Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-heroico-cuerpo-bomberos-distrito-federal/37
Ley
Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
37

Artículo 37 de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 37 dice que la Academia de Bomberos va a dar varios tipos de cursos a los bomberos. Entre ellos están: un curso práctico y teórico para quienes entran por primera vez, cursos de rescate en la ciudad y en el campo, primeros auxilios, y materias sobre química, física, hidráulica y cómo manejar sustancias peligrosas. También incluye cursos para aprender a apagar incendios y controlar fugas de gas, líquidos u otros materiales. Además, habrá cursos para mejorar la condición física de los bomberos y para que puedan ofrecer servicios de emergencia más completos.

Texto oficial

Artículo 37. Los cursos que impartirá la Academia de Bomberos serán entre otros: Teórico práctico de ingreso; Rescate urbano y rural, primeros auxilios, especialidades de química y física, hidráulica y manejo de sustancias peligrosas; Aquellos que provean de técnicas de ataque a incendios fugas de gases, líquidos y demás substancias; y Aquellos que permitan fortalecer conocimientos respecto de la condición física y formación integral de los miembros del Organismo y en general los que les permitan ofrecer servicios vitales cada vez más completos.

Ver texto oficial de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.