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Ley
Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
36

Artículo 36 de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los bomberos con más rango o experiencia tienen que dar clases a los nuevos en su horario normal de trabajo, y solo si ellos están de acuerdo podrían hacerlo fuera de ese horario. También deben compartir lo que saben con la Academia para que los estudiantes siempre se mantengan actualizados y mejor preparados, pero antes se revisa si los bomberos realmente tienen la capacidad para enseñar.

Texto oficial

Artículo 36.- Los bomberos de niveles superiores estarán obligados a impartir los cursos de ingreso, dentro de su jornada laboral y excepcionalmente en otros horarios, previa aceptación expresa de los mismos, así como a prestar sus conocimientos y habilidades a la Academia, para la actualización, profesionalización y especialización permanente del alumnado, previa valoración curricular.

Ver texto oficial de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.