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Ley
Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
38

Artículo 38 de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Academia de Bomberos puede dar becas, tanto en México como en el extranjero, pero solo si hay dinero disponible en el presupuesto y se siguen las reglas de austeridad (es decir, sin gastar de más). Esas becas son para los bomberos y bomberas que se hayan destacado por su buen trabajo, sin importar su puesto o nivel dentro de la corporación. El objetivo es que aprendan las técnicas y conocimientos más nuevos en su oficio para que puedan dar un mejor servicio a la gente, como lo marca esta ley.

Texto oficial

Artículo 38.- La Academia de Bomberos de conformidad a la capacidad presupuestal y considerando la normatividad en materia de austeridad, podrá autorizar becas en el país y el extranjero que permitan a los miembros destacados del Organismo, sin preferencia de nivel, acceder a las técnicas y conocimientos más avanzados en su materia y con ello proporcionar más eficazmente los servicios previstos en la presente Ley. TITULO V. DE LA CONDICIÓN DE BOMBERO Y DE LOS PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL ORGANISMO

Ver texto oficial de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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