- Ley
- Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 1
Artículo 1 de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley es de aplicación obligatoria y busca beneficiar a todos en la Ciudad de México. Su objetivo principal es crear al Heroico Cuerpo de Bomberos como una dependencia del gobierno, que trabajará bajo la coordinación de la Secretaría de Protección Civil. También establece cómo se debe capacitar y profesionalizar a los bomberos a través de una Academia, y regula la figura del Patronato, que es un grupo de apoyo donde participan el gobierno, empresas privadas y la sociedad para ayudar con recursos. En resumen, la ley define las tareas de los bomberos para proteger a las personas, sus bienes y el entorno en caso de emergencias, siniestros o desastres.
Texto oficial
Artículo 1°. Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés general, y tienen por objeto: Crear el Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal denominado Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, el cual para los efectos del artículo 102 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, conducirá su relación con el Jefe de Gobierno a través de la Secretaría de Protección Civil la que fungirá como Coordinadora Sectorial. I Bis. Establecer las bases para la creación del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, el cual se constituirá como un servicio público de especialización en las labores de apoyo para la salvaguarda de la población y de protección civil. Definir las tareas del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal dentro del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal. Coordinar las tareas del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal con el Sistema de Protección Civil del Distrito Federal. Crear la Academia de Bomberos que se encargará de profesionalizar a los miembros de ese organismo, evaluar las propuestas de promoción del personal con base en los resultados de los concursos de oposición, así como buscar la actualización y superación profesional de los elementos que conforman el Organismo. Regular la figura del Patronato de Bomberos del Distrito Federal, que a través de los representantes de los sectores público, privado y social, contribuirá de manera importante con el patrimonio del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal. Coadyuvar en la salvaguarda de la vida de las personas, sus bienes y entorno, ante la ocurrencia de una emergencia, siniestro o desastre. Auxiliar a la población en casos de emergencias, riesgos y desastres.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.