- Ley
- Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 55
Artículo 55 de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las estaciones de bomberos deben tener suficiente equipo para manejar cualquier emergencia que se presente, y también para ayudar a otras estaciones si lo necesitan. En el caso específico de la estación de bomberos forestales, ellos deben contar con herramientas y equipos especiales para prevenir, controlar y atender incendios en bosques o áreas naturales. Esto significa que no pueden tener el mismo equipo que una estación normal, sino uno diseñado para incendios grandes al aire libre.
Texto oficial
Artículo 55.- Las Estaciones deberán contar con el equipo suficiente para controlar una emergencia y prestar apoyos a las demás Estaciones. Tratándose de la estación de Bomberos Forestales, estos deberán contar con el equipo especializado para el control de protección y atención de incendios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.