- Ley
- Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 53
Artículo 53 de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las casas y terrenos del Organismo deben estar en lugares clave para llegar rápido a los incendios y accidentes. Cada Delegación tiene que tener una Estación y, si hace falta, Subestaciones en zonas de mucho peligro para atender las emergencias. Así, buscan que los bomberos o equipos de rescate lleguen más pronto cuando se necesiten. Las Subestaciones son como bases más chicas que ayudan a cubrir áreas difíciles o lejanas. En corto, la ley exige que estén bien ubicados para proteger a la raza más rápido.
Texto oficial
Artículo 53.- Los inmuebles del Organismo, deberán estar ubicados en lugares estratégicos que permitan acudir rápidamente a los siniestros. Cada Delegación deberá contar con una Estación y con aquellas Subestaciones que sean necesarias para afrontar las emergencias en zonas de alto riesgo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.