- Ley
- Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 71
Artículo 71 de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 71 dice que, por medio del Patronato (que es como un comité que administra recursos), se busca conseguir equipo moderno y especializado, junto con la capacitación para usarlo, para que el trabajo sea más seguro y eficiente. También se habla de obtener dinero o apoyos para mejorar la calidad de vida de los miembros de la organización. Además, se busca conseguir cosas necesarias para que la organización funcione mejor y tenga mejores condiciones.
Texto oficial
Artículo 71.- A través del Patronato se propiciará la adquisición de equipo especializado y de alta tecnología, con su respectiva capacitación, que proporcione mayor seguridad y eficiencia a su actividad; la obtención de recursos que permitan mejorar las condiciones de vida de los miembros del Organismo; la dotación de bienes necesarios que mejoren el funcionamiento y dignificación del Organismo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.