- Ley
- Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 41
Artículo 41 de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Como miembro del organismo, tienes que hacer varias cosas: obedecer las órdenes de tus jefes para poder hacer bien tu trabajo, tratar con respeto y amabilidad a tus superiores, compañeros y a la gente, y asistir a los cursos que dé la Academia de Bomberos para obtener tu constancia. También debes usar tu uniforme y distintivos siempre limpios y bien puestos, cumplir con lo que dice esta ley, y entregar a las autoridades cualquier cosa que recuperes en un incendio o accidente. Además, tienes que cuidar tu equipo, reportar si se daña o se pierde, enseñar a los alumnos de la Academia, hacerte los exámenes médicos que te pidan, dar un buen servicio a la gente, no usar el equipo del trabajo para tu beneficio personal, y entregar el equipo al siguiente turno con un reporte por escrito si está dañado.
Texto oficial
Artículo 41.- Los miembros del Organismo tendrán las siguientes obligaciones: Acatar las instrucciones de sus superiores jerárquicos, que le permitan cumplir con las tareas inherentes a su encargo; Comportarse de manera respetuosa y atenta con sus superiores, compañeros y con la población en general; Asistir a los cursos de especialización que sean impartidos para tal efecto por parte de la Academia de Bomberos y tramitar la constancia respectiva; Portar los distintivos que acrediten su nivel, así como portar el uniforme que les sea asignado, con pulcritud y elegancia; Dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley y demás normatividad que de ésta derive. Poner a disposición de las autoridades competentes los bienes recuperados durante la extinción de incendios y todo tipo de siniestros; Conservar en óptimas condiciones el equipo que le sea dado, así como utilizarlo de manera adecuada debiendo reportar cualquier daño o pérdida del equipo; Transmitir sus conocimientos a los alumnos de la Academia de Bomberos; Someterse a los exámenes médicos que les sean requeridos, a través de las instituciones públicas o privadas de salud con quienes tengan celebrados convenios. Garantizar a los ciudadanos la prestación adecuada de los servicios que presta el Organismo; No disponer de aparato o equipo alguno de seguridad, protección o extinción de incendios para uso personal en perjuicio del patrimonio del Gobierno; Entregar el equipo de trabajo al siguiente turno, debiendo informar por escrito, mediante acta, si lo entregase con algún deterioro; y Las demás que resulten del cumplimiento de esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.