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Ley
Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
41

Artículo 41 de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Como miembro del organismo, tienes que hacer varias cosas: obedecer las órdenes de tus jefes para poder hacer bien tu trabajo, tratar con respeto y amabilidad a tus superiores, compañeros y a la gente, y asistir a los cursos que dé la Academia de Bomberos para obtener tu constancia. También debes usar tu uniforme y distintivos siempre limpios y bien puestos, cumplir con lo que dice esta ley, y entregar a las autoridades cualquier cosa que recuperes en un incendio o accidente. Además, tienes que cuidar tu equipo, reportar si se daña o se pierde, enseñar a los alumnos de la Academia, hacerte los exámenes médicos que te pidan, dar un buen servicio a la gente, no usar el equipo del trabajo para tu beneficio personal, y entregar el equipo al siguiente turno con un reporte por escrito si está dañado.

Texto oficial

Artículo 41.- Los miembros del Organismo tendrán las siguientes obligaciones: Acatar las instrucciones de sus superiores jerárquicos, que le permitan cumplir con las tareas inherentes a su encargo; Comportarse de manera respetuosa y atenta con sus superiores, compañeros y con la población en general; Asistir a los cursos de especialización que sean impartidos para tal efecto por parte de la Academia de Bomberos y tramitar la constancia respectiva; Portar los distintivos que acrediten su nivel, así como portar el uniforme que les sea asignado, con pulcritud y elegancia; Dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley y demás normatividad que de ésta derive. Poner a disposición de las autoridades competentes los bienes recuperados durante la extinción de incendios y todo tipo de siniestros; Conservar en óptimas condiciones el equipo que le sea dado, así como utilizarlo de manera adecuada debiendo reportar cualquier daño o pérdida del equipo; Transmitir sus conocimientos a los alumnos de la Academia de Bomberos; Someterse a los exámenes médicos que les sean requeridos, a través de las instituciones públicas o privadas de salud con quienes tengan celebrados convenios. Garantizar a los ciudadanos la prestación adecuada de los servicios que presta el Organismo; No disponer de aparato o equipo alguno de seguridad, protección o extinción de incendios para uso personal en perjuicio del patrimonio del Gobierno; Entregar el equipo de trabajo al siguiente turno, debiendo informar por escrito, mediante acta, si lo entregase con algún deterioro; y Las demás que resulten del cumplimiento de esta Ley.

Ver texto oficial de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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