Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-heroico-cuerpo-bomberos-distrito-federal/77
- Ley
- Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 77
Artículo 77 de la Ley del Heróico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Patronato va a crear sus propias reglas para saber cómo trabajar y funcionar. Esas reglas deben ser entregadas o explicadas a la Junta de Gobierno, que es como el grupo de jefes que supervisa todo. Esto es para que todos sepan cómo se van a hacer las cosas.
Texto oficial
Artículo 77.- El Patronato expedirá sus reglas internas de operación y funcionamiento, que serán del conocimiento de la Junta de Gobierno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.