- Ley
- Ley de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres en la Ciudad de México
- Artículo
- 37
Artículo 37 de la Ley de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo habla de cómo se vigila que haya igualdad real entre mujeres y hombres. Básicamente, consiste en: checar qué están haciendo los gobiernos y las empresas para lograr esa igualdad, ver si las políticas realmente están ayudando tanto a hombres como a mujeres, hacer estudios para saber cómo está la situación, y dar a conocer información sobre el tema. También se incluye cualquier otra cosa que se necesite para cumplir con lo que dice la ley.
Texto oficial
Artículo 37.- La vigilancia en materia de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres consistirá en: Recibir información sobre medidas y actividades que pongan en marcha los sectores público y privado en materia de igualdad entre mujeres y hombres; Evaluar el impacto en la sociedad de las políticas y medidas que afecten a los hombres y a las mujeres en materia de igualdad sustantiva; Proponer la realización de estudios e informes técnicos de diagnóstico sobre la situación de las mujeres y hombres en materia de igualdad sustantiva; Difundir información sobre los diversos aspectos relacionados con la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, y Las demás que sean necesarias para cumplir los objetivos de esta Ley. TÍTULO VI CAPÍTULO PRIMERO DE LAS RESPONSABILIDADES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.