- Ley
- Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2026
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2026
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que ninguna otra ley, aparte de las que ya están mencionadas (como el Código Fiscal de la CDMX y la Ley de Austeridad), puede darle a alguien un descanso o privilegio para no pagar impuestos locales. O sea, si otra norma intenta perdonar total o parcialmente un impuesto, o trata a una persona o empresa como si no debiera pagar contribuciones de la ciudad, eso no se permite. Tampoco pueden darle a nadie un trato especial o diferente en el cobro de estos impuestos. Solo lo que está escrito en esas leyes específicas es lo que cuenta.
Texto oficial
Artículo 7°.- No serán aplicables las disposiciones distintas a las establecidas en el Código Fiscal de la Ciudad de México, la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y en esta Ley, que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas físicas o morales como no sujetos de contribuciones locales, o les otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos o contribuciones locales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.