- Ley
- Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 24 dice que si no te notificaron algo o te lo notificaron mal, se va a considerar que la notificación fue válida desde el momento en que tú te enteres de la resolución. Esto aplica a menos que tú mismo promuevas un juicio para anular esa notificación por estar mal hecha. En otras palabras, si te das cuenta de lo que dice el documento, ya no puedes reclamar que no te avisaron, a menos que pidas que la declaren nula.
Texto oficial
Artículo 24. La notificación omitida o irregular se entiende correctamente hecha a partir del momento en que, a quien deba de notificarse, se haga sabedor de la resolución relativa, salvo cuando se promueva la nulidad de la notificación irregular.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.