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Ley
Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
Artículo
35

Artículo 35 de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada regla o disposición (Regulación) que esté registrada debe tener, como mínimo, datos como su nombre, cuándo se creó, hasta cuándo está vigente (si aplica), qué autoridad la hizo y cuál la aplica, las fechas en que se ha actualizado, de qué tipo es (por ejemplo, una ley o un reglamento), un índice, para qué sirve, qué temas, sectores y personas regula, los trámites y servicios relacionados, y las bases legales para hacer inspecciones o visitas a domicilios, además de otra información que marque la estrategia. Si la Unidad encargada encuentra errores o faltantes en esa información, le pedirá a la dependencia responsable (Sujeto Obligado) que los corrija en un plazo máximo de 10 días; si no lo hace, el caso se turnará a la Secretaría de la Contraloría para que actúe según sus facultades.

Texto oficial

Artículo 35. Cada Regulación inscrita deberá contar con al menos la siguiente información: Nombre de la Regulación; Fecha de expedición y, en su caso, de su vigencia; Autoridad o autoridades que la emiten; Autoridad o autoridades que la aplican; Fechas en que ha sido actualizada; Tipo de ordenamiento jurídico; Índice de la Regulación; Objeto de la Regulación; Materias, sectores y sujetos regulados; Trámites y Servicios relacionados con la Regulación; Identificación de fundamentos jurídicos para la realización de inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias, y La demás información que se prevea en la Estrategia. En los casos de que la Unidad identifique errores u omisiones en la información inscrita, solicitará al Sujeto Obligado para que éste subsane, en un plazo que no deberá exceder de los diez días, en caso contrario, dará vista a la Secretaría de la Contraloría para que realice las acciones correspondientes en el ámbito de sus atribuciones. SECCIÓN II DEL REGISTRO ELECTRÓNICO DE TRÁMITES Y SERVICIOS

Ver texto oficial de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México. (pág. 1) ↗

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