- Ley
- Ley de Mejoramiento Barrial y Comunitario de la Ciudad de México
- Artículo
- 16
Artículo 16 de la Ley de Mejoramiento Barrial y Comunitario de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un proyecto para mejorar tu colonia o comunidad es aprobado por la Subsecretaría, tienen que publicarlo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en la página de internet de la Secretaría. Todo esto debe hacerse a más tardar el 30 de noviembre de cada año. Así puedes enterarte de los proyectos que van a beneficiar tu barrio.
Texto oficial
Artículo 16.- Los proyectos de mejoramiento barrial y comunitario presentados ante la Subsecretaría y aprobados, deberán ser publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en el portal de internet de la Secretaría a más tardar el 30 de noviembre de cada año.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.