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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-movilidad/223
Ley
Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Artículo
223

Artículo 223 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que se va a crear un centro especial para coordinar cómo funciona el tránsito y el transporte público en la ciudad. En él van a participar diferentes oficinas del gobierno que tengan que ver con este tema. La idea es que todas trabajen juntas para que las calles y los camiones funcionen mejor. Las reglas exactas de cómo va a operar este centro se van a definir después en un reglamento.

Texto oficial

Artículo 223.- Se impulsará la creación de un Centro de Gestión de la Movilidad, en el que participen las diversas dependencias, órganos descentralizados y entidades de la Administración Pública relacionadas con la materia, con el fin de coordinar acciones para una eficiente operación de las vialidades y de los servicios de transporte público de superficie. Dicho Centro tendrá la naturaleza y funciones que se determinen en el Reglamento. CAPÍTULO XV DE LA CULTURA DE LA MOVILIDAD

Ver texto oficial de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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