- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 222
Artículo 222 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría es la que organiza y pone en marcha los servicios que te informan sobre cómo moverte en cualquier tipo de transporte (como camiones, metro o avión). Su objetivo es que tú puedas decidir bien a dónde ir y cómo llegar, sin perder tiempo ni batallarle. Para lograrlo, tiene que planear todo con cuidado y coordinar que la información llegue clara y a tiempo. Así, cuando necesites saber por dónde pasar o qué ruta tomar, tengas datos útiles para escoger la mejor opción.
Texto oficial
Artículo 222.- La Secretaría deberá planear, coordinar y/o ejecutar los procesos para el funcionamiento de servicios de información al usuario de los diferentes modos de transporte para garantizar una eficiente toma de decisiones de movilidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.