- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 226
Artículo 226 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tú, como usuario del transporte público o de las calles y carreteras, tienes derecho a usar las banquetas, ciclovías, estaciones de metro o camiones, y los servicios de transporte. Pero también tienes la obligación de seguir las reglas de esta ley y cualquier otra norma que se ponga para usar estos sistemas. Esto significa que no puedes hacer lo que quieras: debes respetar los horarios, las filas, los pagos y las indicaciones de los operadores.
Texto oficial
Artículo 226.- Los usuarios del sistema de movilidad tienen derecho a utilizar la infraestructura para la movilidad y sus servicios, así como la obligación de cumplir con lo establecido en esta Ley y demás disposiciones que se establezcan para iluso de los sistemas de transporte público.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.