- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 234
Artículo 234 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno va a dar un premio público a las empresas y personas que dan servicio de transporte público, como taxis o camiones, si hacen bien su trabajo. Pueden ganar este reconocimiento si ofrecen buen servicio a la gente, capacitan a sus choferes, ayudan a mejorar la educación vial o usan tecnologías ecológicas, como autos híbridos o eléctricos. Las reglas exactas para obtener este premio se van a definir después en un reglamento.
Texto oficial
Artículo 234.- Con la finalidad de incentivar, reconocer y distinguir públicamente a los concesionarios del transporte público de pasajeros, la Administración Pública otorgará un reconocimiento a las personas morales y concesionarios del transporte público individual de pasajeros que hayan destacado en cualquiera de los siguientes casos: Desarrollo y calidad de los servicios prestados a los ciudadanos o instituciones públicas; Profesionalización de los prestadores del servicio; Contribución a la mejora de la cultura de movilidad; y, La adopción de tecnologías sustentables en la prestación del servicio. Las características, condiciones y requisitos para el otorgamiento de dicho reconocimiento se establecerán en el Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.