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Ley
Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Artículo
234

Artículo 234 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno va a dar un premio público a las empresas y personas que dan servicio de transporte público, como taxis o camiones, si hacen bien su trabajo. Pueden ganar este reconocimiento si ofrecen buen servicio a la gente, capacitan a sus choferes, ayudan a mejorar la educación vial o usan tecnologías ecológicas, como autos híbridos o eléctricos. Las reglas exactas para obtener este premio se van a definir después en un reglamento.

Texto oficial

Artículo 234.- Con la finalidad de incentivar, reconocer y distinguir públicamente a los concesionarios del transporte público de pasajeros, la Administración Pública otorgará un reconocimiento a las personas morales y concesionarios del transporte público individual de pasajeros que hayan destacado en cualquiera de los siguientes casos: Desarrollo y calidad de los servicios prestados a los ciudadanos o instituciones públicas; Profesionalización de los prestadores del servicio; Contribución a la mejora de la cultura de movilidad; y, La adopción de tecnologías sustentables en la prestación del servicio. Las características, condiciones y requisitos para el otorgamiento de dicho reconocimiento se establecerán en el Reglamento.

Ver texto oficial de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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