- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 236
Artículo 236 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, junto con otras oficinas del gobierno, te va a dar información sobre cómo están las calles y el transporte público. Puedes consultarla por internet, por teléfono o de forma directa. Van a hacer programas especiales para que puedas decidir rápidamente y con datos claros cómo moverte en tu día a día. Así, sabrás si hay tráfico, rutas de camiones o problemas en tu camino antes de salir. La idea es que no te agarren las prisas y llegues más tranquilo a donde necesites.
Texto oficial
Artículo 236.-La Secretaría en coordinación con otras dependencias y entidades de la Administración Pública, brindará el servicio de información vial y de transporte público a través de medios electrónicos, de comunicación y de manera directa a la ciudadanía mediante la generación de programas creados para dicho fin con el objeto de garantizar que los ciudadanos tomen decisiones oportunas e informadas respecto a sus desplazamientos cotidianos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.