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Ley
Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Artículo
25

Artículo 25 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité del Sistema Integrado de Transporte Público es un grupo de personas que toman decisiones sobre el transporte. Este comité lo encabeza el titular de la Secretaría de Movilidad, y también lo forman los directores generales de esa misma secretaría, más los jefes de todas las dependencias y organismos del gobierno que dan servicio de transporte de pasajeros. Entre ellos están los responsables de los sistemas Metrobús, Cablebús y el de Corredores de Transporte Público de la Ciudad de México. En pocas palabras, se juntan los jefes de los diferentes transportes públicos para coordinarse.

Texto oficial

Artículo 25.- El Comité del Sistema Integrado de Trasporte Público, estará integrado por la persona titular de la Secretaria de Movilidad, quien presidirá, las personas Titulares de las Direcciones Generales de la Secretaría y las personas Titulares de las entidades y los organismos de la Administración Pública que prestan el servicio de transporte de pasajeros, incluyendo a las personas titulares del Sistema de Corredores de Transporte Público de Pasajeros de la Ciudad de México, Metrobús y del Sistema de Transporte Público Cablebús.

Ver texto oficial de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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