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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-movilidad/66
Ley
Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Artículo
66

Artículo 66 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tu licencia de conducir deja de valer cuando te la suspenden o cancelan por alguna infracción, o simplemente cuando se vence la fecha para la que te la dieron. También se acaba por otras reglas que estén escritas en los reglamentos de tránsito o leyes. En pocas palabras, si alguna de estas cosas pasa, ya no puedes manejar legalmente con ese permiso.

Texto oficial

Artículo 66.- Las licencias o permisos para conducir se extinguen por las siguientes causas: Suspensión o cancelación; Expiración del plazo por el que fue otorgada; y Las previstas en las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.