- Ley
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 66
Artículo 66 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tu licencia de conducir deja de valer cuando te la suspenden o cancelan por alguna infracción, o simplemente cuando se vence la fecha para la que te la dieron. También se acaba por otras reglas que estén escritas en los reglamentos de tránsito o leyes. En pocas palabras, si alguna de estas cosas pasa, ya no puedes manejar legalmente con ese permiso.
Texto oficial
Artículo 66.- Las licencias o permisos para conducir se extinguen por las siguientes causas: Suspensión o cancelación; Expiración del plazo por el que fue otorgada; y Las previstas en las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.