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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-notariado/51
Ley
Ley del Notariado para la Ciudad de México
Artículo
51

Artículo 51 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que la carrera de notario público debe prepararte bien, tanto en teoría como en práctica, para que puedas hacer tu trabajo de manera justa y profesional. Para convertirte en notario, tienes que pasar exámenes públicos donde un jurado especializado evaluará si eres la persona adecuada. Todo esto se hace para que el servicio sea igual para todos y beneficie a la ciudad. Además, las autoridades y el Colegio de Notarios pueden aplicar medidas especiales para que las mujeres tengan las mismas oportunidades de entrar a esta profesión.

Texto oficial

Artículo 51. La preparación Notarial y la difusión de la imparcialidad jurídica y de conocimientos en beneficio del medio jurídico está garantizada por esta Ley, y para ello la carrera Notarial proporciona condiciones de formación teórica y práctica; formación deontológica y personal suficientes para que mediante exámenes públicos por jurados especialmente cualificados, el profesional del Derecho idóneo para la función Notarial pueda acceder a la misma en las mejores condiciones de servicio y de igualdad de acceso en bien de la Ciudad y para la evolución positiva del Notariado. La autoridad y el Colegio podrán instrumentar medidas afirmativas de equidad de género para garantizar el acceso de las mujeres a la carrera notarial en igualdad de condiciones y de inclusión a las mismas.

Ver texto oficial de la Ley del Notariado para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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