- Ley
- Ley de Operación e Innovación Digital para la Ciudad de México
- Artículo
- 10
Artículo 10 de la Ley de Operación e Innovación Digital para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Agencia va a tener un grupo de expertos llamado Consejo Consultivo, que solo hará lo que digan las reglas específicas. Este grupo tendrá siete personas que saben mucho del tema en el que trabaja la Agencia. El jefe de la Agencia los va a invitar a participar, y su puesto durará dos años. Trabajarán de manera honorífica, o sea, sin recibir ningún sueldo ni pago por su labor.
Texto oficial
Artículo 10. La Agencia contará con un Consejo Consultivo que tendrá las atribuciones que en la normatividad reglamentaria se señalen. El Consejo Consultivo estará conformado por siete miembros, especialistas en las materias de competencia de la Agencia. Serán designados por invitación de la persona Titular de la Agencia, su cargo tendrá una duración de dos años, será honorífico y sin ninguna remuneración.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.