Ley de Operación e Innovación Digital para la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este artículo dice que todas las reglas de esta ley aplican para las oficinas del gobierno de la Ciudad de México, como las secretarías, las alcaldías y otras instituciones públicas. La ley se usa para organizar cómo manejan los datos, abren la información al público, usan herramientas digitales y controlan la tecnología. En pocas palabras, obliga a todas las dependencias del gobierno local a seguir las mismas reglas en estos temas.
- Art. 2Esta ley busca establecer las reglas para manejar la información digital, los trámites en línea y la tecnología en el gobierno de la Ciudad de México. Todo esto se hace para que puedas ejercer tu derecho a un buen gobierno, como lo marca la Constitución de la ciudad. Para lograrlo, se crea la Agencia Digital de Innovación Pública, que es una oficina especializada dentro del gobierno. Esta agencia tendrá la tarea de hacer cumplir la ley, y su jefe o jefa será nombrado directamente por la persona que gobierna la Ciudad de México.
- Art. 3Si la Ley no dice nada sobre algún procedimiento o situación, entonces se usan las reglas normales que aplican para ese trámite, servicio o documento oficial. En otras palabras, cuando esta ley no cubra un caso, se resuelve con las leyes o reglamentos específicos de lo que estés haciendo.
- Art. 4La Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México es la encargada de explicar cómo se aplica esta ley en temas técnicos. Esto no quita que otras dependencias también puedan hacer su trabajo dentro de lo que les corresponde. En otras palabras, la Agencia es la experta en lo técnico, pero cada área del gobierno sigue teniendo sus propias funciones. Si tienes una duda técnica sobre la ley, puedes acudir a la Agencia Digital para que te aclare. Eso sí, esto no afecta a lo que ya hacen otras oficinas públicas. Es como cuando en una casa cada quien tiene su tarea, pero uno se encarga de resolver las dudas sobre cómo funcionan los aparatos.
- Art. 5El artículo 5 dice que el gobierno de la Ciudad debe seguir estas reglas al usar tecnología y datos: la información oficial debe ser clara y fácil de entender para todos, incluso para personas con discapacidad. También se debe fomentar que empresas, organizaciones y ciudadanos colaboren y vigilen cómo funciona el gobierno digital. Las autoridades deben innovar para mejorar los servicios sin gastar de más, y promover un gobierno cercano que use palabras sencillas y plataformas compatibles con cualquier aparato electrónico. Todo trámite en línea debe cumplir la ley, garantizar que los datos no sean alterados y sean públicos, excepto los que la ley considere secretos. Por último, los ciudadanos tienen derecho a opinar y participar en cómo se crean y aplican las políticas públicas.
- Art. 6El Artículo 6 solo sirve para definir las palabras que se usan en toda la ley. Por ejemplo, cuando dice "Agencia", se refiere a la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México. "Archivos" son cualquier documento (en papel o digital) que tenga el gobierno y que sea de interés público. "Acceso a la información" es tu derecho a pedir, investigar y recibir datos del gobierno, tal como lo dice la Constitución. Y "Datos abiertos" son datos del gobierno que cualquier persona puede usar, reusar y compartir en internet, siempre y cuando sean accesibles, gratis y en formatos que cualquier computadora pueda leer.
- Art. 7La Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad es la única autoridad encargada de poner en práctica esta Ley y su Reglamento. Esto significa que ella se encarga de que todo lo que dice la ley se cumpla y funcione correctamente. Lo hará siguiendo las reglas y procedimientos que ya están establecidos en otras leyes. En pocas palabras, la Agencia es la responsable de que esto se lleve a cabo bien.
- Art. 8La Agencia es una oficina que depende del gobierno de la Ciudad de México, pero no es una secretaría o dependencia grande; está directamente bajo la Jefatura de Gobierno. Esto significa que tiene cierto nivel de independencia para tomar decisiones técnicas, administrar sus recursos y organizar su trabajo diario. Aunque no es completamente autónoma, puede operar sin que le metan mano en sus asuntos del día a día. Todo esto se hace siguiendo lo que dice el reglamento interno del gobierno de la ciudad.
- Art. 9El jefe o jefa de Gobierno de la Ciudad de México puede nombrar y quitar a la persona que esté al frente de esta dependencia en cualquier momento, sin tener que dar razones ni pedir permiso a nadie. Eso significa que esa persona ocupa el cargo por confianza directa del jefe de Gobierno, y no por un proceso de selección o concurso. Si al jefe de Gobierno ya no le parece bien su trabajo, puede cambiarla cuando quiera.
- Art. 10La Agencia va a tener un grupo de expertos llamado Consejo Consultivo, que solo hará lo que digan las reglas específicas. Este grupo tendrá siete personas que saben mucho del tema en el que trabaja la Agencia. El jefe de la Agencia los va a invitar a participar, y su puesto durará dos años. Trabajarán de manera honorífica, o sea, sin recibir ningún sueldo ni pago por su labor.
- Art. 11El Artículo 11 dice que la agencia se va a encargar de planear, organizar, checar y calificar cómo funciona el manejo de la información, la transparencia del gobierno, los servicios digitales, el uso de la tecnología y la conexión a internet del Gobierno de la Ciudad de México. En otras palabras, su labor es asegurarse de que todo eso esté bien coordinado y funcione correctamente para los ciudadanos.
- Art. 12La Agencia tiene que actuar siempre dentro de lo que marca la ley, sin pasarse de vueltas. También debe ser clara y abierta con la gente, es decir, informar sobre lo que hace sin esconder nada. Además, debe usar los recursos de forma responsable, sin gastar de más ni echar a perder el dinero. Todo lo que haga debe ser público, para que cualquier persona pueda enterarse y revisarlo.
- Art. 13Este artículo dice que la Agencia será la encargada de coordinar varias políticas importantes, como el manejo de datos, el gobierno abierto y digital, y la tecnología, pero lo hará a través de los "Oficiales de Información". Estos oficiales son trabajadores del gobierno que cada dependencia elige libremente, aunque la Agencia propone quiénes pueden ser. Sus funciones principales son asegurarse de que se cumplan las reglas sobre datos, tecnología, conectividad e infraestructura, y también servir como el puente de comunicación entre la Agencia y su dependencia. Además, si hablamos de las Alcaldías, ellas también deben nombrar a una persona que sirva de enlace para que todo funcione bien y se sigan las políticas de esta ley.
- Art. 14La Agencia se encarga de planear y vigilar cómo se usan la tecnología y los datos en todas las oficinas del gobierno de la Ciudad, asegurándose de que todos sigan las mismas reglas. También trabaja con otras autoridades para crear herramientas digitales, como la Identificación Digital Única (una sola credencial para hacer trámites) y una plataforma única donde puedas hacer tus trámites y pedir servicios sin tanto rodeo. Puede pedirle información a cualquier área del gobierno, pero siempre cuidando que tus datos personales estén protegidos. Además, estudia los problemas de la Ciudad y, basándose en eso, propone soluciones más eficientes, ya sea solita o con universidades, empresas y organizaciones ciudadanas.
- Art. 15La política de datos de la Ciudad de México se maneja siguiendo cinco reglas básicas: que la información sea abierta para todos, que esté protegida y sea de buena calidad, y que se use de forma inteligente y con ética. Esto significa que, por ejemplo, cuando compartas tus datos o el gobierno los use, deben cuidar tu información, no inventar cosas ni usarla para mal. En pocas palabras, buscan que los datos sean útiles, seguros y justos para todos.
- Art. 16Las dependencias del gobierno de la Ciudad de México deben seguir las reglas sobre cómo manejar los datos. Tienen que compartir la información que generan con la Agencia, siguiendo los tiempos y formas que marca la política. También deben usar un sistema único de información y mantenerlo actualizado como se les indique. Además, están obligadas a capacitar a sus empleados en estos temas y a permitir que los Oficiales de Información trabajen en sus oficinas.
- Art. 17La Jefatura de Gobierno de la CDMX o la Agencia Digital innovadora pueden hacer varias cosas con los datos de la ciudad. Por ejemplo, crear nuevas ideas para que el gobierno sea más eficiente, claro y ayude al desarrollo económico. También pueden revisar los planes actuales, buscar cómo mejorarlos, y diseñar cómo se maneja toda la información de la ciudad. Tienen la facultad de juntar datos de todas las dependencias, incluso sobre seguridad, para analizar cosas como la delincuencia. Además, pueden crear sistemas unificados de información, proponer políticas públicas basadas en evidencia, y asegurarse de que los datos se compartan de manera abierta pero protegiendo la información privada.
- Art. 18El gobierno de la Ciudad debe manejar la información de manera clara y oportuna, sin que tengas que solicitarla. Tiene que usar los datos públicos de forma útil para resolver problemas y tomar mejores decisiones, incluyéndote a ti en los procesos. Todo debe hacerse con la mayor difusión posible, pero protegiendo tu seguridad y la legalidad de los trámites. Las herramientas digitales deben ser fáciles de usar y diseñadas pensando en tus necesidades, además de permitirte dar tu opinión para mejorar.
- Art. 19Este artículo explica que las dependencias del gobierno de la Ciudad tienen que hacer cuatro cosas: la primera es entregar cualquier información que les pida la Agencia (la oficina encargada del tema), siguiendo las reglas y los tiempos establecidos. La segunda es ayudar a esa misma Agencia a poner en marcha las herramientas que cree para que el gobierno sea abierto. La tercera es participar en las juntas y mecanismos de coordinación que organice la Jefatura de Gobierno o la Agencia. Y la cuarta es cumplir con cualquier otra obligación que marquen otras leyes o reglamentos.
- Art. 20Este artículo dice que la Jefatura de Gobierno, por medio de una agencia especial, tiene varias tareas para que el gobierno sea más abierto y transparente. Por ejemplo, debe diseñar cómo se maneja la información, crear formas para que tú puedas participar y consultar cómo se gasta el presupuesto de la ciudad. También tiene que hacer plataformas en internet donde puedas ver en qué se usa el dinero público, y asegurarse de que toda esa información sea fácil de entender para diferentes personas. Además, debe crear herramientas para evitar que al contratar servicios o proveedores haya conflictos de interés, es decir, que nadie use su puesto para beneficio personal, y publicar quiénes son los dueños reales de las empresas que trabajan con el gobierno.
- Art. 21Para echar a andar la Política de Gobierno Abierto, se va a crear un Consejo de Gobierno Abierto que será encabezado por la Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad. Este grupo incluye a varios funcionarios importantes, como los titulares de la Agencia Digital, la Consejería Jurídica, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Contraloría General, la Secretaría de Educación, y el presidente del Instituto de Transparencia. También habrá una persona de la sociedad civil, una del sector académico, y dos representantes de cada Alcaldía (uno del Concejo y otro de la administración pública con nivel de director o superior). El consejo puede invitar a quien quiera a sus reuniones y hasta aumentar el número de miembros si lo considera necesario. Los representantes de la sociedad civil, el sector académico y las Alcaldías durarán en su cargo según lo que diga el reglamento, y solo podrán ser cambiados si renuncian o hay una causa de fuerza mayor. Todos estos cargos son honoríficos, es decir, nadie recibe un sueldo o pago por participar.
- Art. 22Los miembros del Consejo de Gobierno Abierto que trabajen en el gobierno de la Ciudad de México pueden nombrar a alguien que los reemplace cuando falten. Esa persona suplente debe tener un puesto igual o superior al de Directora de Área, que es un cargo de mando medio alto. Esto aplica solo para quienes son parte de la administración pública, no para otros miembros del consejo. En pocas palabras, si eres funcionario y entras al consejo, puedes designar a un suplente con cierto nivel de jerarquía.
- Art. 23El Consejo de Gobierno Abierto tiene que juntarse al menos dos veces al año para hacer juntas normales, y si es necesario por algún asunto urgente, pueden reunirse de forma extraordinaria las veces que haga falta. Esto quiere decir que aunque mínimo se ven dos veces, si surge algo importante, pueden juntarse más seguido. Así se aseguran de que siempre estén al tanto y puedan resolver lo que se necesite.
- Art. 24El Consejo de Gobierno Abierto es el grupo encargado de hacer que el gobierno sea más transparente y permita que tú participes. Este Consejo puede diseñar y poner en marcha planes para lograrlo, trabajando en equipo con otras dependencias. También tiene la tarea de revisar cómo van esos planes y, si algo no funciona, puede recomendar cambios a las oficinas de gobierno. El Consejo debe promover que personas o grupos externos e independientes verifiquen que los planes se cumplan. Además, puede organizar pláticas, juntas o eventos para que todos se involucren, y también tiene la facultad de crear sus propias reglas internas de trabajo.
- Art. 25La Agencia será la encargada de ayudar al Consejo con todo lo que necesite para funcionar. Entre sus labores está citar a las reuniones normales o especiales del Consejo, reemplazar al Jefe de Gobierno cuando no esté, y poner en marcha lo que el Consejo decida. También debe vigilar que los Planes de Acción se cumplan y presentar cada tres meses un reporte de cómo va el avance en temas de gobierno abierto. Además, tendrá otras tareas que le asignen las reglas internas del Consejo.
- Art. 26La jefa o el jefe de Gobierno debe organizar una encuesta por internet para saber qué temas le interesan más a la gente y sobre qué enfocar el Plan de Acción. Antes de la encuesta, se publican las reglas con al menos quince días de anticipación, y la encuesta dura mínimo veinte días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos). Con los resultados, se invita a organizaciones civiles, expertos y al público en general a trabajar junto con la Agencia para crear el Plan de Acción. Cuando termina ese trabajo en equipo, el plan se publica en la plataforma digital de la Ciudad de México. Cada tres meses se revisa cómo van los avances del gobierno abierto y se entrega ese reporte al Consejo de Gobierno Abierto.
- Art. 27La política de gobierno digital de la Ciudad funciona con reglas como que toda la información debe ser pública y fácil de consultar (máxima publicidad), fomentar la innovación y ser clara para que cualquier persona pueda entenderla (transparencia). También busca que los trámites y servicios sean rápidos y simples (eficiencia), y que los datos estén abiertos para que la gente pueda acceder a ellos. Todo esto para que el gobierno use la tecnología de forma honesta, sin complicaciones y pensando en ti.
- Art. 28El artículo dice que todas las dependencias del gobierno (como secretarías, institutos o cualquier oficina pública) deben seguir ciertas reglas para manejar sus trámites y servicios por internet. Tienen la obligación de cumplir las leyes de tecnología que se creen, y también deben aplicar los programas digitales que se diseñen, como el uso de una sola identidad digital para todos los ciudadanos. Además, tienen que cooperar con la Agencia encargada del gobierno digital, compartir información cuando se les pida y trabajar juntos para hacer más sencillos los trámites, pasar procesos a internet y fomentar que la gente participe en línea. Por último, deben cumplir cualquier otra obligación que marquen las leyes.
- Art. 29La Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México tiene varias tareas importantes para hacer todo más fácil por internet. Una de ellas es crear un número único para reportar quejas o emergencias y una plataforma donde puedas hacer tus trámites en línea. También se encarga de diseñar y revisar cómo funcionan los servicios digitales, como tu identidad oficial en internet, y de promover que los ciudadanos participen en línea. Además, debe medir si estos servicios son buenos, ayudar a otras dependencias con asesoría técnica y proponer mejoras para que los trámites sean más simples y rápidos.
- Art. 30La política de gobernanza tecnológica, o sea, cómo se maneja la tecnología en la Ciudad, debe cumplir con cinco reglas básicas. Primero, ser abierta, que cualquiera pueda acceder a la información. Segundo, escalable, que pueda crecer sin problemas. Tercero, interoperable, que los sistemas puedan conectarse entre sí. Cuarto y quinto, que cuiden tus datos personales y tu privacidad.
- Art. 31Este artículo dice que todas las dependencias del gobierno de la Ciudad de México deben cumplir con ciertas reglas sobre tecnología. Tienen que seguir la política de tecnología que les corresponda y pedir una revisión oficial antes de comprar cualquier equipo o sistema nuevo. Además, deben aceptar lo que decida la Agencia de Tecnología sobre esas compras y colaborar con ella en los planes que proponga. También están obligadas a compartir de manera gratuita cualquier sistema que hayan desarrollado y dar la información necesaria para conectar todos los sistemas del gobierno. Por último, deben participar activamente en los proyectos conjuntos de tecnología que se acuerden con la Agencia.
- Art. 32El artículo 32 dice que la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, ya sea directamente o por medio de una agencia especializada, tiene varias tareas relacionadas con la tecnología. Entre ellas, crear y vigilar las reglas sobre cómo se usan las herramientas digitales y de comunicación en el gobierno, y asegurarse de que todas las dependencias las sigan. También puede desarrollar soluciones tecnológicas para otras autoridades, diseñar una plataforma para que los sistemas del gobierno compartan información entre sí, y coordinar proyectos de tecnología que beneficien a toda la ciudad. Además, debe establecer medidas de seguridad informática, promover el uso de la Firma Electrónica (como una firma digital con validez legal) para realizar trámites, y dirigir la Agenda Digital de la Ciudad para modernizar los servicios públicos.
- Art. 33Este artículo solo dice "Se deroga", lo que significa que ya no es válido. En otras palabras, ya no existe en la ley. El capítulo sobre gobernanza de conectividad e infraestructura de telecomunicaciones al que pertenecía también queda eliminado. Es como si esa parte de la ley nunca hubiera estado vigente.
- Art. 34Este artículo dice que la forma en que se manejan el internet y la infraestructura tecnológica en la Ciudad debe seguir ciertas reglas básicas. Por ejemplo, todo debe ser transparente, sin favoritismos, y que puedas acceder a los servicios sin importar quién seas. También se busca que los precios sean justos y que puedas elegir entre diferentes opciones sin que te atasquen con un solo proveedor. Además, obliga a que las empresas compartan sus torres, cables y equipos para que no haya desperdicio y haya más competencia. En pocas palabras, se trata de que tengas acceso a un internet más barato, justo y de calidad.
- Art. 35Las oficinas del gobierno de la Ciudad (llamadas "entes") tienen que hacer varias cosas en temas de internet y redes. Primero, deben darle toda la información que les pida la Agencia encargada, en el tiempo y formato que se les indique. También tienen que dejar que la Agencia entre a sus edificios y espacios para poner cables y equipos de telecomunicaciones, siempre que haya dinero y recursos disponibles. Además, deben ayudar a la Agencia a planear y hacer todo lo necesario para que el gobierno cumpla sus metas de conectividad. Por último, tienen que seguir las reglas de contratos que la Agencia les dé, pedirle permiso antes de firmar cualquier acuerdo de servicios de internet, y participar en reuniones de coordinación que organice el gobierno.
- Art. 36La Jefatura de Gobierno, a través de una agencia especializada, tiene la tarea de planear y revisar cómo se usa y se aprovecha toda la infraestructura de telecomunicaciones (como cables, antenas y redes) que pertenece al gobierno de la Ciudad de México y a las Alcaldías. También debe crear reglas para que todos los edificios públicos tengan acceso a internet poco a poco, según lo que la agencia considere prioritario. Además, puede comprar, rentar u operar redes de telecomunicaciones y hasta sistemas de satélites, ya sea por sí sola o con ayuda de empresas privadas, siguiendo las leyes correspondientes. También se encarga de firmar contratos con otras dependencias para compartir o comercializar la capacidad de estas redes, y debe diseñar un modelo de conectividad que garantice que la ciudadanía tenga un acceso efectivo y de calidad a internet, sin gastar dinero de más.
- Art. 37Para que funcione la política de internet y obras en la Ciudad de México, se va a crear un grupo llamado Consejo de Conectividad e Infraestructura. Este grupo lo va a encabezar la o el Jefe de Gobierno, y va a tener un montón de integrantes clave, como los titulares de varias dependencias (Agencia Digital, C5, Secretaría de Seguridad, etc.), además de representantes de alcaldías, empresas de telecomunicaciones, organizaciones de la sociedad civil y universidades. A estos últimos los van a elegir según un reglamento, y solo los pueden cambiar si renuncian o pasa algo muy grave. Si necesitan tratar un tema especial, pueden invitar a más personas a las juntas, y también pueden formar equipos de trabajo para asuntos concretos. Eso sí, nadie va a ganar un peso por estar en este Consejo, todo es por servicio y de a gratis.
- Art. 38Las personas que forman parte del Consejo de Conectividad y vienen del gobierno de la CDMX son los jefes de esas oficinas. Ellos pueden nombrar a alguien de su equipo, como un suplente, que tenga al menos el puesto de Director de Área o uno más alto. Eso significa que si el jefe no puede ir, manda a un compañero con suficiente autoridad para hablar por él.
- Art. 39El Consejo de Conectividad e Infraestructura de Telecomunicaciones debe juntarse a platicar y tomar decisiones por lo menos dos veces al año. Si surge algún asunto urgente, pueden reunirse de forma extraordinaria, es decir, cuantas veces sea necesario fuera de esas dos ocasiones.
- Art. 40Este grupo del gobierno de la Ciudad de México se encarga de hacer planes para mejorar el internet y las redes de comunicación. Tiene que asegurarse de que los espacios, cables y antenas del gobierno se usen bien y de manera eficiente. También debe revisar que esos planes se cumplan, y si algo falla, puede dar recomendaciones a las dependencias. Además, puede organizar pláticas o eventos sobre el tema y pedir toda la información que necesite para hacer su trabajo. Por último, tiene el poder de crear sus propias reglas internas para funcionar.
- Art. 41La persona que está al frente de la Agencia también va a actuar como la Secretaría Técnica del Consejo. Esto significa que, entre sus labores, tiene que convocar las juntas del Consejo, tanto las normales como las especiales. También debe reemplazar al Jefe de Gobierno de la Ciudad cuando él no pueda asistir. Además, le toca poner en práctica los acuerdos que tome el Consejo y darle seguimiento a los Planes de Acción. Por último, tiene que cumplir con cualquier otra tarea que le asignen las reglas internas del Consejo.
- Art. 42Si eres servidor público y no cumples con lo que dice esta ley, te puedes meter en problemas con las autoridades por faltas administrativas. Además, si también estás violando otras leyes, te pueden castigar por esas también. En pocas palabras, no seguir las reglas te puede traer consecuencias legales.
- Art. 43La Agencia tiene la obligación de avisar a las autoridades cuando sepa que alguien no está cumpliendo con la ley. Es decir, si detecta alguna falta o irregularidad, debe reportarla a quien corresponda. Esto aplica para cualquier incumplimiento del que tenga información.
- Art. 44Este artículo lista las faltas administrativas por las que te pueden sancionar si trabajas en el gobierno de la Ciudad de México. Básicamente, son acciones como no permitir que la Agencia revise o use los cables, antenas y equipos de telecomunicaciones que le corresponden para hacer su trabajo. También es falta negarse a darle información que te pida sobre esos equipos o contratos, o comprar un programa de computadora a pesar de que la Agencia haya dicho que no es buena idea. Ocultar datos verdaderos sobre ingresos, gastos o tu patrimonio, o inventar información para que no se sepa la verdad, también cuenta como falta. En pocas palabras, si obstruyes, escondes o te niegas a compartir información o recursos que la Agencia necesita para hacer su labor, estás cometiendo una falta administrativa.
- Art. 45Si alguien no cumple con las reglas sobre cómo manejar datos personales o compartir información pública, se le aplicará un castigo. Ese castigo está definido en otras dos leyes de la Ciudad de México: una sobre transparencia y otra sobre protección de datos personales. En pocas palabras, no seguir las reglas tiene consecuencias legales ya establecidas.
- Art. 46Si la Agencia toma una decisión que te afecta directamente, tienes dos opciones para defenderte: puedes presentar una queja (recurso de inconformidad) o demandar ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la CDMX. El recurso de inconformidad consiste en pedirle al jefe de la persona que tomó la decisión que la revise, y puede darle la razón, cambiarla, cancelarla o anularla.