Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-operacion-innovacion-digital/38
Ley
Ley de Operación e Innovación Digital para la Ciudad de México
Artículo
38

Artículo 38 de la Ley de Operación e Innovación Digital para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas que forman parte del Consejo de Conectividad y vienen del gobierno de la CDMX son los jefes de esas oficinas. Ellos pueden nombrar a alguien de su equipo, como un suplente, que tenga al menos el puesto de Director de Área o uno más alto. Eso significa que si el jefe no puede ir, manda a un compañero con suficiente autoridad para hablar por él.

Texto oficial

Artículo 38. Los integrantes del Consejo de Conectividad e Infraestructura de Telecomunicaciones que provengan de la Administración Pública de la Ciudad de México serán las personas titulares de las dependencias y podrán designar una persona servidora pública suplente con nivel de Dirección de Área o superior.

Ver texto oficial de la Ley de Operación e Innovación Digital para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.