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Ley
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Artículo
103

Artículo 103 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los concejales tienen varias obligaciones importantes. Deben ir a todas las juntas del Concejo y, si faltan, tienen que explicar por escrito por qué no fueron. En cada reunión, deben dar su opinión y votar, dejando por escrito si están a favor o en contra, y pueden incluir documentos que respalden su postura. Cada año, están obligados a presentar un informe de lo que hicieron, el cual se hace público para que todos lo conozcan. También tienen que asistir a cursos y talleres para capacitarse mejor. Por último, deben estar en contacto constante con los vecinos de su zona, atender sus peticiones y ayudarlos a gestionar lo que necesiten con las autoridades.

Texto oficial

Artículo 103. Son obligaciones de los Concejales: Asistir a las sesiones del Concejo, debiendo justificar por escrito las ausencias en aquéllas a las que no asista; Emitir voz y voto en cada sesión del Concejo, asentando en el acta los argumentos en favor o en contra y anexando, en su caso, las pruebas documentales que considere pertinentes; Presentar el informe anual de sus actividades que será difundido y publicado para conocimiento de las y los ciudadanos, que deberá ser incluido en el informe anual del Concejo, en términos del reglamento del Concejo; Asistir a los cursos, talleres y seminarios básicos de formación, actualización y profesionalización que imparta la Escuela de Administración Pública de la Ciudad de México u otras instituciones académicas con validez oficial; Mantener un vínculo próximo y permanente con las personas habitantes de las demarcaciones territoriales; y Dar respuesta a las solicitudes que las personas habitantes de la demarcación territorial les formulen y realizar las gestiones que se requieran dentro del ámbito de su competencia ante las distintas autoridades.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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