Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-alcaldias/15
Ley
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Artículo
15

Artículo 15 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las demarcaciones territoriales son como las colonias o alcaldías de la Ciudad de México, y son la base para organizar cómo se divide y se gobierna la ciudad. Cada una está formada por la gente que vive ahí, el territorio que ocupa y las autoridades que la gente elige por voto democrático. Son el nivel de gobierno más cercano a ti, porque están más a la mano para atender tus necesidades. Su forma de trabajar se basa en que puedas participar, elegir a tus representantes y que te gobiernen de manera honesta y eficiente.

Texto oficial

Artículo 15. Las demarcaciones territoriales son la base de la división territorial y de la organización político administrativa de la Ciudad de México. Se conforman por habitantes, territorio y autoridades políticas democráticamente electas. Son el orden de gobierno más próximo a la población de la Ciudad y sus instituciones se fundamentan en un régimen democrático, representativo y de participación ciudadana, así como en los preceptos del buen gobierno.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.