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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-alcaldias/23
Ley
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Artículo
23

Artículo 23 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la alcaldía (que ganó las elecciones) empezará oficialmente el 1 de octubre del año que toque, en un evento formal y abierto al público. Ese día se hace la ceremonia donde toman posesión las personas que van a trabajar ahí. Todo mundo puede verlo porque es un acto público y serio. Es como cuando llega un nuevo presidente municipal, pero para las alcaldías de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 23. La Alcaldía electa se instalará solemne y públicamente el día primero de octubre del año que corresponda.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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