- Ley
- Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
- Artículo
- 4
Artículo 4 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las alcaldías (demarcaciones territoriales) de la Ciudad de México tienen que funcionar siguiendo lo que dice esta Ley y su reglamento. También deben cumplir con los bandos (reglas generales que aprueban los Concejos de cada alcaldía) y con cualquier otra ley que les aplique. En pocas palabras, las alcaldías no pueden hacer lo que quieran, sino que deben obedecer todas las reglas que ya están establecidas.
Texto oficial
Artículo 4. Las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México regularán su funcionamiento de conformidad con lo que establece esta Ley, su reglamento, las disposiciones generales con carácter de bando que aprueben los Concejos, y las demás disposiciones legales aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.